A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/51/96 3 de marzo de 1997 Quincuagésimo primer período de sesiones Tema 110 b) del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/51/619/Add.2)] 51/96. Fortalecimiento del estado de derecho La Asamblea General, Recordando que, al aprobar la Declaración Universal de Derechos Humanos1, los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con las Naciones Unidas, la promoción del respeto universal y la observancia de los derechos humanos y las libertades fundamentales, Firmemente convencida de que, como se destaca en la Declaración de Derechos Humanos, el estado de derecho es esencial para la protección de los derechos humanos y debería seguir captando la atención de la comunidad internacional, Convencida de que los Estados, por conducto de sus propios ordenamientos jurídicos y judiciales nacionales, deben prever recursos civiles, penales y administrativos adecuados en caso de violaciones de derechos humanos, Reconociendo la importancia de la función que puede desempeñar el Centro de Derechos Humanos de la Secretaría en la labor de apoyo a las actividades nacionales encaminadas a afianzar las instituciones del estado de derecho, Teniendo presente que en su resolución 48/141, de 20 de diciembre de 1993, la Asamblea General encomendó al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, entre otras cosas, que proporcionara, por conducto del Centro y otras instituciones apropiadas, servicios de asesoramiento y asistencia técnica y financiera en la esfera de los derechos humanos, que ampliara la cooperación internacional para la promoción y protección de todos 1 Resolución 217 A (III). 97-77002 /...

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