Utilización de mercenarios como medio de violar los derechos humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación A/RES/79/162 21. Solicita al Grupo de Trabajo sobre la utilización de mercenarios que celebre consultas con los Estados y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales acerca de la aplicación de la presente resolución y que en su octogésimo período de sesiones le presente, junto con recomendaciones concretas, las conclusiones a que haya llegado en relación con la utilización de mercenarios para menoscabar el disfrute de todos los derechos humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación; 22. Decide examinar la cuestión de la utilización de mercenarios como medio de violar los derechos humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación en su octogésimo período de sesiones, en relación con el tema titulado “Derecho de los pueblos a la libre determinación”. 53 a sesión plenaria 17 de diciembre de 2024 24-24155 5/5

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