A/RES/60/119 11. Insta a las Potencias administradoras que corresponda a que adopten medidas eficaces para salvaguardar y garantizar los derechos inalienables de los pueblos de los territorios no autónomos a disponer de sus recursos naturales, incluida la tierra, y a establecer y mantener el control del aprovechamiento de esos recursos en el futuro, y pide a las Potencias administradoras que adopten todas las medidas necesarias para proteger los derechos de propiedad de los pueblos de esos territorios; 12. Insta a todos los Estados a que, directamente y mediante sus actividades en los organismos especializados y otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, presten asistencia moral y material a los pueblos de los territorios no autónomos, y pide a las Potencias administradoras que adopten medidas con el fin de obtener y utilizar eficazmente toda la asistencia posible, tanto bilateral como multilateral, para el fortalecimiento de la economía de esos territorios; 13. Reafirma que las misiones visitadoras de las Naciones Unidas a los territorios son un instrumento efectivo para conocer la situación de los territorios, así como los deseos y las aspiraciones de sus habitantes, y exhorta a las Potencias administradoras a que sigan cooperando con el Comité Especial en el cumplimiento de su mandato y faciliten la realización de misiones visitadoras a los territorios; 14. Exhorta a las Potencias administradoras que no hayan participado oficialmente en los trabajos del Comité Especial a que lo hagan en su período de sesiones de 2006; 15. Pide al Secretario General, a los organismos especializados y a las demás organizaciones del sistema de las Naciones Unidas que presten asistencia económica, social y de otra índole a los territorios no autónomos y que continúen haciéndolo, cuando proceda, una vez que éstos hayan ejercido su derecho a la libre determinación, incluida la independencia; 16. Aprueba el informe del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales sobre la labor realizada en 20051, incluido el programa de trabajo previsto para 2006; 17. Pide al Secretario General que proporcione al Comité Especial los medios y servicios necesarios para aplicar la presente resolución, así como las demás resoluciones y decisiones sobre descolonización aprobadas por la Asamblea General y el Comité Especial. 62ª sesión plenaria 8 de diciembre de 2005 4

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