A/RES/65/219 39. Exhorta a los fondos y programas de las Naciones Unidas, así como a los organismos especializados, a que incorporen el derecho al desarrollo en sus programas y objetivos operacionales, y destaca la necesidad de que los sistemas internacionales de finanzas y comercio multilateral incorporen el derecho al desarrollo en sus políticas y objetivos; 40. Solicita al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de los Estados Miembros, los órganos y organismos, organismos especializados, fondos y programas de las Naciones Unidas, las instituciones internacionales financieras y de desarrollo, en particular las instituciones de Bretton Woods, y las organizaciones no gubernamentales; 41. Solicita también al Secretario General que en su sexagésimo sexto período de sesiones le presente un informe y que presente un informe provisional al Consejo de Derechos Humanos sobre la aplicación de la presente resolución, incluidas las actividades emprendidas en los planos nacional, regional e internacional para promover y realizar el derecho al desarrollo, e invita al Presidente-Relator del Grupo de Trabajo sobre el Derecho al Desarrollo a que en su sexagésimo sexto período de sesiones le presente oralmente un informe actualizado. 71ª sesión plenaria 21 de diciembre de 2010 9

Seleccionar párrafo de destino3