A/RES/51/104
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la educación en la esfera de los derechos humanos, 1995-20045, y de la Campaña
Mundial de Información Pública en todos los sectores de la sociedad, mediante
iniciativas creativas y apoyo financiero a las actividades gubernamentales y
no gubernamentales,
Convencida de que una mejor coordinación y cooperación en los planos
nacional, regional e internacional redundaría en una mayor eficacia de las
actividades actuales de educación e información pública en la esfera de los
derechos humanos,
Recordando que incumbe al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Derechos Humanos la responsabilidad de coordinar los programas pertinentes
de educación e información pública de las Naciones Unidas en la esfera de los
derechos humanos,
1.
Toma nota con reconocimiento del informe del Alto Comisionado de
las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la aplicación del Plan de
Acción para el Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la esfera
de los derechos humanos6 y del informe del Secretario General sobre el
desarrollo de las actividades de información pública en materia de derechos
humanos, incluida la Campaña Mundial de Información Pública sobre los Derechos
Humanos7;
2.
Acoge con agrado las medidas adoptadas según el informe del Alto
Comisionado por gobiernos y organizaciones intergubernamentales y no
gubernamentales con miras a aplicar el Plan de Acción;
3.
Insta a todos los gobiernos a que informen a sus comunidades
acerca de la Campaña Mundial de Información Pública sobre los Derechos Humanos
y acerca del Decenio, y a que sigan contribuyendo a la ejecución del Plan de
Acción, en particular mediante el establecimiento y de conformidad con las
condiciones en cada país, de comités nacionales de amplia representación para
la educación sobre derechos humanos y centros de capacitación para la
educación sobre derechos humanos, o bien, cuando ya existan órganos
semejantes, mediante su fortalecimiento para trabajar con miras a la
elaboración y ejecución de un plan nacional de información y educación en la
esfera de los derechos humanos que esté orientado a la acción;
4.
Insta también a los gobiernos a que den aliento y apoyo a las
organizaciones no gubernamentales nacionales y locales y a los grupos
comunitarios, invitándolos a participar en la ejecución de sus planes de
acción nacional;
5.
Hace un llamamiento a los gobiernos para que, según las
condiciones de su país, den prioridad a la difusión en sus respectivos idiomas
nacionales y locales de la Declaración Universal de Derechos Humanos1, los
Pactos Internacionales de Derechos Humanos2 y otros instrumentos de derechos
humanos, material relacionado con los derechos humanos y manuales de
capacitación, así como de los informes presentados por los Estados partes en
5
A/49/261/Add.1-E/1994/110/Add.1, anexo.
6
A/51/506, anexo.
7
A/51/558.
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