A/RES/51/165
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3.
Reafirma la necesidad apremiante de asistencia oficial para el
desarrollo de los países en desarrollo, especialmente los países de África y
los países menos adelantados, e insta a los países a que procuren cumplir
cuanto antes, de conformidad con los compromisos derivados de los acuerdos
internacionales, el objetivo convenido de destinar el 0,7% del producto
nacional bruto de los países desarrollados a la asistencia oficial para el
desarrollo de los países en desarrollo, y, si procede, el de destinar cuanto
antes el 0,15% del producto nacional bruto de los países desarrollados a la
asistencia oficial para el desarrollo de los países menos adelantados;
4.
Subraya la necesidad de movilizar el apoyo público a la
cooperación para el desarrollo mediante, entre otras cosas, una estrategia
basada en la asociación de los países desarrollados y los países en desarrollo
que comprenda, según proceda, metas de desarrollo convenidas mutuamente;
5.
Subraya también la importancia de la función que desempeña la
Asociación Internacional de Fomento como servicio del Banco Mundial que
concede préstamos muy favorables para promover el desarrollo de los países en
desarrollo que reúnen las condiciones exigidas, e insta a los donantes a que
cumplan cabalmente su compromiso con la Asociación, en particular en la
undécima reposición de la Asociación, y a que velen por que en el futuro
reciba una financiación suficiente;
6.
Hace un llamamiento a todos los países para que sigan cooperando y
colaborando en las cuestiones relativas al Servicio financiero reforzado de
ajuste estructural, para que tenga autonomía financiera, inclusive mediante la
aportación de contribuciones bilaterales, y considera que, si fuera necesario,
el Fondo Monetario Internacional debería estudiar la posibilidad de optimizar
la gestión de sus reservas para facilitar la financiación del Servicio;
7.
Insta a todas las instituciones financieras internacionales y a
los países donantes, según proceda, a que sigan tratando de mejorar la calidad
y eficacia de sus préstamos mediante, entre otras cosas, una atenta evaluación
de las contribuciones al desarrollo sostenible de los proyectos financiados,
una supervisión y una evaluación eficaces y condiciones más favorables, si
procede;
8.
Pide al Secretario General que siga observando la evolución de las
corrientes y las transferencias netas de recursos entre los países en
desarrollo y los países desarrollados, que utilice todos los informes
pertinentes, como los preparados por la Conferencia de las Naciones Unidas
sobre Comercio y Desarrollo, el Banco Mundial, el Fondo Monetario
Internacional y los bancos regionales de desarrollo, e informe al respecto en
el Estudio Económico y Social Mundial, 1997, y pide también al Secretario
General que le informe, en su quincuagésimo tercer período de sesiones, en
estrecha cooperación con la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio
y Desarrollo y las instituciones de Bretton Woods, sobre la aplicación de la
presente resolución.
86a. sesión plenaria
16 de diciembre de 1996