A/RES/60/156
Destacando la necesidad de seguir avanzando en la tarea de promover y
fomentar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales
mediante, entre otras cosas, la cooperación internacional,
Subrayando que la comprensión mutua, el diálogo, la cooperación, la
transparencia y las medidas de fomento de la confianza son elementos importantes
de todas las actividades de promoción y protección de los derechos humanos,
Recordando que la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos
Humanos aprobó, en su 52° período de sesiones, la resolución 2000/22, de 18 de
agosto de 2000, relativa a la promoción del diálogo sobre cuestiones de derechos
humanos 4,
1.
Reafirma que es uno de los propósitos de las Naciones Unidas y
responsabilidad de todos los Estados Miembros promover, proteger y fomentar el
respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales mediante, entre
otras cosas, la cooperación internacional;
Reconoce que, además de la responsabilidad individual que cada Estado
2.
tiene respecto de su sociedad, incumbe a todos ellos la responsabilidad colectiva de
defender los principios de la dignidad humana, la igualdad y la equidad en el plano
mundial;
Reafirma que el diálogo entre las culturas y civilizaciones facilita la
3.
promoción de una cultura de tolerancia y respeto de la diversidad, y acoge con
beneplácito, a ese respecto, la celebración de conferencias y reuniones a nivel
nacional, regional e internacional sobre el diálogo entre civilizaciones;
Insta a todos los agentes del plano internacional a que establezcan un
4.
orden internacional basado en la inclusión, la justicia, la igualdad y la equidad, la
dignidad humana, la comprensión mutua y la promoción y el respeto de la
diversidad cultural y los derechos humanos universales, y a que rechacen todas las
doctrinas de exclusión basadas en el racismo, la discriminación racial, la xenofobia
y las formas conexas de intolerancia;
Reafirma la importancia de fortalecer la cooperación internacional para
5.
promover y proteger los derechos humanos y alcanzar los objetivos de la lucha contra
el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;
Considera que la cooperación internacional en la esfera de los derechos
6.
humanos, de conformidad con los propósitos y principios enunciados en la Carta de
las Naciones Unidas y el derecho internacional, debería contribuir de forma eficaz y
práctica a la urgente tarea de prevenir las violaciones de los derechos humanos y las
libertades fundamentales;
Reafirma que la promoción, protección y plena realización de todos los
7.
derechos humanos y libertades fundamentales debería regirse por los principios de
universalidad, no selectividad, objetividad y transparencia, de forma compatible con
los propósitos y principios enunciados en la Carta;
Exhorta a los Estados Miembros, los organismos especializados y las
8.
organizaciones intergubernamentales a que sigan manteniendo un diálogo
constructivo y celebrando consultas para mejorar la comprensión y la promoción y
_______________
4
2
Véase E/CN.4/2001/2-E/CN.4/Sub.2/2000/46, cap. II, secc. A.
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