A/RES/64/130
a las jóvenes y los jóvenes como agentes importantes en los procesos de prevención
de conflictos, la consolidación de la paz y los procesos posteriores a los conflictos;
4.
Insta a los Estados Miembros a fortalecer o establecer, en colaboración
con los jóvenes y las organizaciones dirigidas por jóvenes, programas de prevención
del uso indebido de drogas adaptados a las necesidades de los jóvenes, y programas
de tratamiento y rehabilitación asequibles, con arreglo a las convenciones y otros
instrumentos vigentes de las Naciones Unidas en materia de lucha contra las drogas,
a fin de reducir la vulnerabilidad de los jóvenes al uso indebido de drogas y evitar la
marginación de los jóvenes con problemas de uso indebido de drogas;
5.
Pone de relieve que la degradación del entorno natural, incluidos los
efectos del cambio climático y la pérdida de biodiversidad, es una de las principales
preocupaciones de la juventud de todo el mundo y tiene repercusiones directas en el
bienestar y el empoderamiento de los jóvenes, tanto en la actualidad como en el
futuro, y, por lo tanto, insta a los Estados Miembros a:
a) Promover la sensibilización y protección ambiental entre los jóvenes,
entre otras cosas, prestando apoyo a los programas de educación no académica a
cargo de organizaciones dirigidas por jóvenes, de conformidad con los objetivos del
Decenio de las Naciones Unidas de la Educación para el Desarrollo Sostenible;
b) Fortalecer la participación de los jóvenes como agentes importantes en la
protección, la preservación y el mejoramiento del medio ambiente a nivel local,
nacional e internacional, como se establece en el Programa 21 5;
c)
Asegurar la participación de los jóvenes en los sectores de las energías
renovables y sostenibles, mediante el acceso a actividades de educación y
capacitación adecuadas, la promoción del empleo de los jóvenes y las oportunidades
empresariales, y las iniciativas de cooperación en esos sectores;
Reafirma la Convención sobre la eliminación de todas las formas de
6.
discriminación contra la mujer 6, la Plataforma de Acción de Beijing 7 y el documento
final del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea
General 8, insta a los Estados Miembros a que adopten medidas, incluida la
participación de los niños y los jóvenes, para promover la igualdad entre los géneros
en todos los aspectos de la sociedad y erradicar la violencia contra las niñas y las
jóvenes como cuestión prioritaria, y hace notar la importancia de promover a
mujeres líderes en los sectores público y privado como modelos para las jóvenes y
las niñas;
Exhorta a los Estados Miembros a que se esfuercen por asegurar que los
7.
jóvenes disfruten del máximo nivel posible de salud física y mental ofreciéndoles
acceso, sin discriminación alguna, a sistemas de salud y servicios sociales
sostenibles y prestando especial atención a la nutrición, incluidos los trastornos
alimentarios y la obesidad, los efectos de las enfermedades transmisibles y no
transmisibles, y la salud sexual y reproductiva, así como a las medidas para prevenir
_______________
5
Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de
Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992, vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia (publicación de las
Naciones Unidas, número de venta: S.93.1.8 y corrección), resolución 1, anexo II.
6
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1249, núm. 20378.
7
Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995
(publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexo II.
8
Resolución S-23/2, anexo, y resolución S-23/3, anexo.
3
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