A/RES/60/168 Destacando el papel central que corresponde al Coordinador del Socorro de Emergencia en la coordinación interinstitucional de la protección y la asistencia que se brinda a los desplazados internos, y celebrando las iniciativas que se adoptan constantemente para establecer mejores estrategias de protección, asistencia y desarrollo para los desplazados internos, así como una mejor coordinación de las actividades a su respecto, Encomiando al Representante del Secretario General sobre los derechos humanos de los desplazados internos por las actividades que ha realizado hasta la fecha, por la función catalizadora que desempeña para que se cobre más conciencia de la difícil situación de los desplazados internos y por su labor dirigida a promover una estrategia amplia que se centre en la prevención, así como en ofrecer mejor protección y asistencia y en atender sus necesidades de desarrollo y otras necesidades específicas, incluso incorporando los derechos humanos de los desplazados internos en todas las partes pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, Tomando nota de la resolución 2005/46 de la Comisión de Derechos Humanos, de 19 de abril de 2005 2, y recordando la Declaración y el Programa de Acción de Viena aprobados el 25 de junio de 1993 por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos 3, en lo que se refiere a la necesidad de elaborar estrategias mundiales para hacer frente al problema de los desplazamientos internos, Deplorando las prácticas de los desplazamientos forzados y sus consecuencias negativas para el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales por grandes grupos de población, y observando que en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional 4 se tipifican como crímenes de lesa humanidad la deportación o el traslado forzoso de población y como crímenes de guerra la deportación o el traslado ilegales de la población civil, así como el hecho de ordenar el desplazamiento de la población civil, Acogiendo con beneplácito el aumento de la difusión, la promoción y la aplicación de los Principios rectores de los desplazamientos internos al hacer frente a situaciones de esa índole, Acogiendo también con beneplácito la cooperación que se ha establecido entre el nuevo Representante del Secretario General y las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales y regionales, y alentando el fortalecimiento de esa cooperación a fin de promover mejores estrategias de protección, asistencia y desarrollo para los desplazados internos, Expresando su reconocimiento por la importante aportación que hacen, de manera independiente, el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y otros organismos humanitarios en la protección y asistencia de los desplazados internos, en cooperación con los órganos internacionales competentes, Recordando su resolución 58/177, de 22 de diciembre de 2003, _______________ 2 Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2005, Suplemento No. 3 (E/2005/23 (Part I)), cap. II, secc. A. 3 A/CONF.157/24 (Part I), cap. III. 4 Documentos Oficiales de la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una corte penal internacional, Roma, 15 de junio a 17 de julio de 1998, vol. I: Documentos finales (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.02.I.5), secc. A. 2

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