A/RES/53/242
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Expresando su reconocimiento al Presidente y a los integrantes del Equipo de Tareas por su
encomiable labor,
Consciente del persistente deterioro del medio ambiente mundial y del estado de los asentamientos
humanos a pesar de algunos logros positivos, así como de la necesidad de fortalecer las instituciones de
las Naciones Unidas responsables del medio ambiente y los asentamientos humanos, de mejorar su
rendimiento y fomentar la coordinación en la aplicación de la dimensión del desarrollo sostenible
relacionada con el medio ambiente y los asentamientos humanos en el sistema de las Naciones Unidas,
Haciendo hincapié en la importancia de fortalecer la capacidad del Programa de las Naciones Unidas
para el Medio Ambiente y del Centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (Hábitat)
en su sede de Nairobi, y de velar por que se proporcionen a ambas organizaciones el apoyo necesario y
recursos financieros estables, suficientes y previsibles para el cumplimiento de sus mandatos, que figuran
en las resoluciones de la Asamblea General 2997(XXVII), de 15 de diciembre de 1972, y 32/162, de 19 de
diciembre de 1977, así como en la Declaración de Nairobi sobre el papel y el mandato del Programa de
las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, adoptada por el Consejo de Administración del programa
en su decisión 19/1, de 7 de febrero de 19972 y la Declaración de Estambul sobre los Asentamientos
Humanos3, adoptada por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos
(Hábitat II) el 14 de junio de 1996, entre otras cosas, procurando obtener recursos financieros adicionales
mediante la ampliación de las fuentes de financiación de las dos organizaciones, de conformidad con el
Reglamento Financiero y la Reglamentación Financiera Detallada de las Naciones Unidas,
Teniendo en cuenta las opiniones de los Estados Miembros acerca del informe del Secretario General
sobre el medio ambiente y los asentamientos humanos,
Teniendo en cuenta asimismo las opiniones contenidas en la decisión 20/17 del Consejo de
Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, de fecha 5 de febrero de
19994, y la resolución 17/6 de la Comisión de Asentamientos Humanos, de fecha 14 de mayo de 19995,
en relación con el informe del Secretario General sobre el medio ambiente y los asentamientos humanos,
2
Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo segundo período de sesiones, Suplemento
No. 25 (A/52/25), anexo.
3
Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat II),
Estambul, 3 a 14 de junio de 1996 (publicación de las Naciones Unidas, No. de venta S.97.IV.6), cap. I,
resolución 1, anexo I.
4
Véase A/54/25, anexo I. Para el texto definitivo, véase Documentos Oficiales de la Asamblea General,
quincuagésimo cuarto período de sesiones, Suplemento No. 25.
5
Véase A/54/8, anexo I. Para el texto definitivo, véase Documentos Oficiales de la Asamblea General,
quincuagésimo cuarto período de sesiones, Suplemento No. 8.
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