A/RES/64/217 nacionales encaminadas a formular metodologías e instrumentos y a promover las actividades de fomento de la capacidad y la evaluación; 11. Exhorta a los Estados Miembros a que integren la perspectiva de género en el diseño, la ejecución, la supervisión y la evaluación de las políticas ambientales nacionales y la presentación de informes sobre esas políticas, y a que refuercen sus mecanismos y proporcionen recursos suficientes para garantizar la participación plena y equitativa de la mujer en la adopción de decisiones sobre cuestiones ambientales a todos los niveles, en particular sobre las estrategias relacionadas con las repercusiones del cambio climático en la vida de la mujer y la niña; 12. Alienta a los Estados Miembros a que impulsen una participación amplia y más eficaz de los mecanismos nacionales encargados de promover la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer en la formulación de las estrategias nacionales de desarrollo, incluidas las encaminadas a erradicar la pobreza y reducir las desigualdades, y exhorta al sistema de las Naciones Unidas a que respalde las iniciativas nacionales adoptadas con ese fin; 13. Exhorta a los Estados Miembros a que continúen ampliando la representación y participación de la mujer en todos los niveles de los órganos gubernamentales que adoptan decisiones sobre cuestiones de desarrollo a fin de asegurar que se tengan en cuenta las prioridades, necesidades y aportaciones de la mujer, entre otras cosas, facilitando su acceso a la capacitación, adoptando medidas que les permitan conciliar las obligaciones familiares y profesionales y eliminando los estereotipos de género en los nombramientos y ascensos; 14. Expresa profunda preocupación por la violencia generalizada contra la mujer y la niña, reitera la necesidad de seguir intensificando los esfuerzos para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra ellas y reconoce que la violencia es uno de los obstáculos que impide lograr los objetivos de igualdad, desarrollo y paz, y que la pobreza y la falta de empoderamiento político, social y económico de la mujer, así como su marginación, pueden deberse a su exclusión de las políticas sociales y los beneficios de desarrollo sostenible y colocarla en situación de mayor riesgo de violencia; 15. Reconoce la necesidad de fortalecer la capacidad de los gobiernos de incorporar la perspectiva de género en las políticas y la adopción de decisiones, y alienta a todos los gobiernos, las organizaciones internacionales, en particular el sistema de las Naciones Unidas, y demás interesados a que apoyen las iniciativas adoptadas por los países en desarrollo para integrar la perspectiva de género en todos los aspectos de la formulación de políticas, incluso mediante la prestación de asistencia técnica y el suministro de recursos financieros; 16. Alienta a los gobiernos, el sector privado, las organizaciones no gubernamentales y otros agentes de la sociedad civil a que promuevan y protejan los derechos de las trabajadoras, adopten medidas para eliminar los obstáculos estructurales y jurídicos, así como las actitudes estereotípicas que impiden lograr la igualdad entre los géneros en el lugar de trabajo, y a que adopten medidas positivas para promover la igual remuneración por igual trabajo o de igual valor; 17. Insta a los gobiernos a que elaboren políticas dinámicas que promuevan el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos, especialmente la plena participación de la mujer y el hombre, tanto en las zonas rurales como en las urbanas, y a que proporcionen los recursos necesarios para aplicarlas; 18. Exhorta a los gobiernos a que intensifiquen los esfuerzos para proteger los derechos y asegurar condiciones de trabajo decente de las trabajadoras domésticas, incluidas las mujeres migrantes, en relación, entre otras cosas, con el 6

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