A/HRC/RES/55/21 14. Acoge con beneplácito también las medidas adoptadas para seguir reforzando la capacidad de la Oficina del Alto Comisionado, incluida su estructura sobre el terreno en Seúl, a fin de permitir la aplicación de las recomendaciones pertinentes formuladas en el informe del grupo de expertas independientes sobre la rendición de cuentas, en concreto las de intensificar las actuales actividades de vigilancia y documentación, establecer un archivo central de información y pruebas, y encomendar a expertos y expertas en responsabilidad jurídica la tarea de evaluar toda la información y todos los testimonios con miras a elaborar posibles estrategias aplicables en todo proceso ulterior de rendición de cuentas, y alienta la cooperación con una amplia gama de partes interesadas para recabar pruebas que puedan ser utilizadas en futuras actuaciones penales; 15. Decide, a tal fin, seguir reforzando la capacidad de la Oficina del Alto Comisionado, incluida su estructura sobre el terreno en Seúl, con recursos y expertos adicionales para incrementar el volumen de información directa recogida en el archivo ampliando el número de entrevistas, así como para analizar dicha información; 16. Solicita al Alto Comisionado que presente al Consejo de Derechos Humanos, en su 60º período de sesiones, un informe exhaustivo que contenga información actualizada sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea desde 2014, fecha en que se publicó el informe de la comisión de investigación, y en el que se haga un balance de la aplicación de las recomendaciones de la comisión, a lo que seguirá un diálogo interactivo ampliado; 17. Decide prorrogar por un año el mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea, según lo establecido por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 37/28; 18. Solicita al Alto Comisionado que, en el informe que ha de presentar al Consejo de Derechos Humanos en su 58º período de sesiones, de conformidad con la resolución 52/28 del Consejo, continúe examinando opciones para reforzar, institucionalizar y seguir promoviendo la labor sobre la rendición de cuentas en la República Popular Democrática de Corea; 19. Solicita a la Oficina del Alto Comisionado que siga organizando una serie de consultas y actividades de comunicación con las víctimas, las comunidades afectadas y otras partes interesadas pertinentes, con el fin de garantizar un enfoque de la rendición de cuentas centrado en las víctimas e incluir sus opiniones sobre las maneras de exigir responsabilidades; 20. Exhorta nuevamente a todas las partes interesadas, incluidos los órganos de las Naciones Unidas, a que estudien la posibilidad de aplicar las recomendaciones formuladas por la comisión de investigación en su informe a fin de remediar la grave situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea; 21. Alienta a la estructura de la Oficina del Alto Comisionado sobre el terreno en Seúl a que prosiga sus trabajos, acoge con beneplácito los informes que le presenta con regularidad e invita al Alto Comisionado a que lo mantenga informado sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea; 22. Exhorta a todos los Estados a velar por que la estructura de la Oficina del Alto Comisionado sobre el terreno pueda funcionar de manera independiente, tenga suficientes recursos para cumplir su mandato, cuente con la plena cooperación de los Estados pertinentes y no se vea sometida a represalias ni amenazas; 23. Solicita a la Oficina del Alto Comisionado que informe sobre su labor de seguimiento en el informe anual del Secretario General a la Asamblea General sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea; 24. Solicita a la Relatoría Especial que presente al Consejo de Derechos Humanos y a la Asamblea General informes periódicos sobre el desempeño de su mandato, incluidas las labores de seguimiento realizadas para aplicar las recomendaciones de la comisión de investigación; GE.24-06419 9

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