A/RES/61/38
11. Reitera que el Secretario General es responsable de la calidad del
Repertorio de la práctica seguida por los órganos de las Naciones Unidas y el
Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad y, especialmente,
con respecto al Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad, pide
al Secretario General que continúe ajustándose a las modalidades esbozadas en los
párrafos 102 a 106 de su informe de 18 de septiembre de 1952 7;
12. Reconoce la conveniencia de que el Repertorio de la práctica seguida
por los órganos de las Naciones Unidas y el Repertorio de la práctica seguida por
el Consejo de Seguridad estén disponibles en formato electrónico en todas las
versiones de los correspondientes idiomas;
13. Reitera su llamamiento a que se aporten contribuciones voluntarias al
fondo fiduciario para poner al día la publicación del Repertorio de la práctica
seguida por el Consejo de Seguridad y al fondo fiduciario para eliminar el retraso
en la publicación del Repertorio de la práctica seguida por los órganos de las
Naciones Unidas, y a que se patrocinen voluntariamente y sin costo alguno para las
Naciones Unidas los servicios de expertos asociados que ayuden a poner al día
ambas publicaciones;
14. Pide al Secretario General que le presente en su sexagésimo segundo
período de sesiones un informe sobre el Repertorio de la práctica seguida por los
órganos de las Naciones Unidas y el Repertorio de la práctica seguida por el
Consejo de Seguridad;
15. Pide también al Secretario General que presente al Comité Especial para
su examen la información a la que se refiere el párrafo 12 de su informe sobre la
aplicación de las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas relativas a la
asistencia a terceros Estados afectados por la aplicación de sanciones 8 sobre las
modalidades, los procedimientos técnicos y las directrices acerca de la coordinación
de la asistencia técnica a disposición de terceros Estados afectados por la aplicación
de sanciones, así como una posible metodología para evaluar las consecuencias
adversas que realmente hayan sufrido los terceros Estados en el informe
mencionado en el párrafo 16 infra;
16. Pide además al Secretario General que le presente en su sexagésimo
segundo período de sesiones un informe sobre la aplicación de las disposiciones de
la Carta de las Naciones Unidas relativas a la asistencia a terceros Estados afectados
por la aplicación de sanciones, en relación con el tema titulado “Informe del Comité
Especial de la Carta de las Naciones Unidas y del fortalecimiento del papel de la
Organización”;
17. Decide incluir en el programa provisional de su sexagésimo segundo
período de sesiones el tema titulado “Informe del Comité Especial de la Carta de las
Naciones Unidas y del fortalecimiento del papel de la Organización”.
64ª sesión plenaria
4 de diciembre de 2006
_______________
7
8
4
A/2170.
A/61/304.
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