A/RES/61/38 11. Reitera que el Secretario General es responsable de la calidad del Repertorio de la práctica seguida por los órganos de las Naciones Unidas y el Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad y, especialmente, con respecto al Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad, pide al Secretario General que continúe ajustándose a las modalidades esbozadas en los párrafos 102 a 106 de su informe de 18 de septiembre de 1952 7; 12. Reconoce la conveniencia de que el Repertorio de la práctica seguida por los órganos de las Naciones Unidas y el Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad estén disponibles en formato electrónico en todas las versiones de los correspondientes idiomas; 13. Reitera su llamamiento a que se aporten contribuciones voluntarias al fondo fiduciario para poner al día la publicación del Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad y al fondo fiduciario para eliminar el retraso en la publicación del Repertorio de la práctica seguida por los órganos de las Naciones Unidas, y a que se patrocinen voluntariamente y sin costo alguno para las Naciones Unidas los servicios de expertos asociados que ayuden a poner al día ambas publicaciones; 14. Pide al Secretario General que le presente en su sexagésimo segundo período de sesiones un informe sobre el Repertorio de la práctica seguida por los órganos de las Naciones Unidas y el Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad; 15. Pide también al Secretario General que presente al Comité Especial para su examen la información a la que se refiere el párrafo 12 de su informe sobre la aplicación de las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas relativas a la asistencia a terceros Estados afectados por la aplicación de sanciones 8 sobre las modalidades, los procedimientos técnicos y las directrices acerca de la coordinación de la asistencia técnica a disposición de terceros Estados afectados por la aplicación de sanciones, así como una posible metodología para evaluar las consecuencias adversas que realmente hayan sufrido los terceros Estados en el informe mencionado en el párrafo 16 infra; 16. Pide además al Secretario General que le presente en su sexagésimo segundo período de sesiones un informe sobre la aplicación de las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas relativas a la asistencia a terceros Estados afectados por la aplicación de sanciones, en relación con el tema titulado “Informe del Comité Especial de la Carta de las Naciones Unidas y del fortalecimiento del papel de la Organización”; 17. Decide incluir en el programa provisional de su sexagésimo segundo período de sesiones el tema titulado “Informe del Comité Especial de la Carta de las Naciones Unidas y del fortalecimiento del papel de la Organización”. 64ª sesión plenaria 4 de diciembre de 2006 _______________ 7 8 4 A/2170. A/61/304.

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