A/RES/76/86
Actividades económicas y de otro tipo que afectan a los intereses de
los pueblos de los Territorios No Autónomos
11. Exhorta también a las Potencias administradoras que corresponda a que
proporcionen toda la asistencia necesaria a la población de los Territorios No
Autónomos afectados por los huracanes, los fenómenos naturales u otros fenómenos
meteorológicos extremos a fin de aliviar las necesidades humanitarias en las
comunidades afectadas, apoyar las labores de recuperación y reconstrucción y
mejorar su capacidad en lo que respecta a la preparación para emergencias y la
reducción del riesgo;
12. Alienta a los organismos especializados y demás organizaciones del
sistema de las Naciones Unidas y organizaciones regionales a que sigan prestando
asistencia a los Territorios No Autónomos afectados por los huracanes, los fenómenos
naturales u otros fenómenos meteorológicos extremos y a que formulen programas
apropiados para apoyar las labores de respuesta de emergencia y de recuperación y
reconstrucción, y solicita al Secretario General que la informe sobre este asunto;
13. Solicita al Secretario General que, por todos los medios a su disposición,
siga informando a la opinión pública mundial sobre todas las actividades que afecten
al ejercicio del derecho de los pueblos de los Territorios No Autónomos a la libre
determinación de conformidad con la Carta, su resolución 1514 (XV) y las demás
resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas relativas a la descolonización;
14. Hace un llamamiento a los sindicatos y las organizaciones no
gubernamentales, así como a los particulares, para que persistan en sus esfuerzos por
promover el bienestar económico de los pueblos de los Territorios No Autónomos, y
hace un llamamiento también a los medios de difusión para que transmitan
información sobre las novedades que se produzcan a ese respecto;
15. Decide seguir la situación en los Territorios No Autónomos con miras a
asegurarse de que todas las actividades económicas que se realicen en ellos tengan
por objeto fortalecer y diversificar sus economías en beneficio de los pueblos de esos
Territorios, en particular de las poblaciones autóctonas, y promover la viabilidad
económica y financiera de los Territorios;
16. Solicita al Comité Especial encargado de Examinar la Situación con
respecto a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a
los Países y Pueblos Coloniales que siga examinando esta cuestión y la informe al
respecto en su septuagésimo séptimo período de sesiones.
49a sesión plenaria
9 de diciembre de 2021
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