A/RES/60/30
23. Señala que los Estados partes en un acuerdo internacional relacionado
con los fines de la Convención pueden someter, entre otros, al Tribunal o a la Corte
Internacional de Justicia toda controversia relativa a la interpretación o la aplicación
de dicho acuerdo que se presente de conformidad con el acuerdo, y señala también
la posibilidad, prevista en los estatutos del Tribunal y de la Corte, de someter las
controversias a una sala;
24. Rinde homenaje a la Corte Internacional de Justicia por la importante
función que cumple desde hace tiempo en la solución pacífica de controversias
relacionadas con el derecho del mar;
25. Alienta a los Estados partes en la Convención que todavía no lo hayan
hecho a que consideren la posibilidad de formular una declaración escrita en que
elijan uno o varios de los medios señalados en el artículo 287 de la Convención para
la solución de las controversias relativas a la interpretación o la aplicación de la
Convención y el Acuerdo;
V
La Zona
26. Observa con satisfacción los avances registrados en el examen de las
cuestiones relativas al reglamento para la prospección y exploración de los sulfuros
polimetálicos y las cortezas de ferromanganeso ricas en cobalto en la Zona, y reitera
la importancia del proceso de elaboración de normas, reglamentos y procedimientos
que está llevando a cabo la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (“la
Autoridad”), de conformidad con el artículo 145 de la Convención, a fin de asegurar
la protección eficaz del medio marino, la protección y conservación de los recursos
naturales de la Zona y la prevención de los efectos perjudiciales que sobre su flora y
fauna puedan tener las actividades que se realicen en la Zona;
27. Toma nota de la decisión del Consejo de la Autoridad 13 de aprobar el plan
de trabajo para la exploración de nódulos polimetálicos que ha presentado un nuevo
contratista, lo cual constituye un paso importante para la utilización de los recursos
de la Zona;
28. Toma nota también de la importancia de las funciones encomendadas a la
Autoridad en virtud de los artículos 143 y 145 de la Convención, que se refieren a la
investigación científica marina y a la protección del medio marino respectivamente;
VI
Funcionamiento efectivo de la Autoridad y del Tribunal
29. Hace un llamamiento a todos los Estados partes en la Convención para
que paguen puntualmente y en su totalidad las cuotas que les corresponden para
financiar la Autoridad y el Tribunal;
30. Alienta a todos los Estados partes en la Convención a que asistan a los
períodos de sesiones de la Autoridad y exhorta a la Autoridad a que estudie todas las
posibilidades, incluida la cuestión de las fechas, de mejorar la asistencia en
Kingston y lograr la participación mundial;
_______________
13
ISBA/11/C/10.
7
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