A/RES/56/124
de conformidad con lo dispuesto en la Convención Única de 1961 sobre
Estupefacientes 9 y el Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971 10,
Reconociendo también que el problema de la producción y el tráfico ilícitos de
estupefacientes y sustancias sicotrópicas muchas veces está relacionado con los
problemas del desarrollo y que esa relación y el fomento del desarrollo económico
de los países afectados por el comercio ilícito de drogas requieren, en el contexto de
la responsabilidad compartida, la adopción de medidas apropiadas, inclusive una
mayor cooperación internacional en apoyo de actividades de desarrollo alternativo y
sostenible en las zonas afectadas de esos países, que tengan por objetivo la
reducción y eliminación de la producción ilícita de drogas,
Subrayando que el respeto de todos los derechos humanos es y debe ser un
componente esencial de las medidas que se tomen para combatir el problema de las
drogas,
Velando por que el hombre y la mujer se beneficien por igual y sin ningún tipo
de discriminación de las estrategias contra el problema mundial de las drogas,
mediante su participación en todas las etapas de los programas y de la formulación
de políticas,
Reconociendo que la utilización de la Internet abre nuevas oportunidades y
plantea nuevos problemas para la cooperación internacional en la lucha contra el uso
indebido y la producción y el tráfico ilícitos de drogas, y reconociendo también la
necesidad de una mayor cooperación entre los Estados y del intercambio de
información, incluida la relativa a las experiencias nacionales, sobre la forma de
contrarrestar la utilización de la Internet para fomentar el uso indebido y el tráfico
ilícito de drogas y sobre formas de utilizarla para difundir información relativa a la
reducción de la demanda de drogas,
Convencida de que la sociedad civil, incluidas las organizaciones no
gubernamentales y las organizaciones de base comunitaria, desempeñan un papel
activo y hacen una contribución efectiva a la lucha contra el problema mundial de
las drogas y de que habría que alentarlas a que siguieran haciéndolo,
Reconociendo con gratitud los mayores esfuerzos y logros de muchos Estados,
las organizaciones internacionales competentes y la sociedad civil, incluidas las
organizaciones no gubernamentales, en la lucha contra el uso indebido y la producción
y el tráfico ilícitos de drogas y el hecho de que la cooperación internacional ha
demostrado que se pueden obtener resultados positivos mediante una acción sostenida
y colectiva,
I
Respeto de los principios establecidos en la Carta de las Naciones Unidas y el
derecho internacional en la lucha contra el problema mundial de las drogas
1.
Reafirma que la lucha contra el problema mundial de las drogas es una
responsabilidad común y compartida que se debe encarar en un marco multilateral,
exige un planteamiento integral y equilibrado y se debe llevar a cabo en plena
conformidad con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y
con el derecho internacional, en particular el pleno respeto de la soberanía y la
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Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 520, No. 7515.
Ibíd., vol. 1019, No. 14956.
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