A/RES/56/124
4.
Insta a todos los Estados Miembros a que apliquen el Plan de Acción
para la aplicación de la Declaración sobre los principios rectores de la reducción de
la demanda de drogas en las medidas que adopten en los planos nacional, regional e
internacional y a que intensifiquen la acción en el plano nacional para combatir el uso
de drogas ilícitas entre su población, especialmente entre los niños y los jóvenes;
5.
Reconoce la función que cabe al Programa de las Naciones Unidas para
la Fiscalización Internacional de Drogas en la formulación de estrategias
orientadas a la acción para ayudar a los Estados Miembros a aplicar el Plan de
Acción para la aplicación de la Declaración y pide al Director Ejecutivo del
Programa que presente a la Comisión de Estupefacientes en su 45° período de
sesiones un informe sobre el seguimiento del Plan de Acción;
6.
Reafirma su determinación de seguir fortaleciendo el mecanismo de
fiscalización internacional de drogas de las Naciones Unidas, en particular la
Comisión de Estupefacientes, el Programa de las Naciones Unidas para la
Fiscalización Internacional de Drogas, y la Junta Internacional de Fiscalización de
Estupefacientes, a fin de que puedan cumplir sus mandatos, teniendo presentes las
recomendaciones que figuran en la resolución 1999/30 del Consejo Económico y
Social, y las medidas adoptadas y las recomendaciones aprobadas por la Comisión
de Estupefacientes en su 44° período de sesiones encaminadas a mejorar su
funcionamiento, en particular con respecto a la resolución 44/16 de la Comisión 18;
Renueva su compromiso de seguir fortaleciendo la cooperación
7.
internacional e intensificar sustancialmente la lucha contra el problema mundial de
las drogas, de conformidad con las obligaciones contraídas por los Estados en virtud
de las convenciones de las Naciones Unidas sobre la fiscalización de drogas, sobre
la base del marco general constituido por los resultados del período extraordinario
de sesiones, y teniendo en cuenta la experiencia adquirida;
Exhorta a todos los Estados a que adopten medidas eficaces, incluidas
8.
leyes y reglamentos nacionales, para aplicar los resultados y cumplir los objetivos
del período extraordinario de sesiones dentro de los plazos convenidos, para
fortalecer los sistemas judiciales nacionales y realizar actividades eficaces de lucha
contra las drogas en cooperación con otros Estados y de conformidad con las
convenciones de las Naciones Unidas sobre la fiscalización de drogas;
Exhorta a los órganos competentes de las Naciones Unidas, los
9.
organismos especializados, las instituciones financieras internacionales y otras
organizaciones intergubernamentales e internacionales interesadas, en el ámbito de
sus respectivos mandatos, y a todos los agentes de la sociedad civil, en particular las
organizaciones no gubernamentales, las organizaciones comunitarias, las
asociaciones deportivas, los medios de comunicación y el sector privado, a que
sigan cooperando estrechamente con los gobiernos en la labor de promover y aplicar
los resultados del período extraordinario de sesiones y el Plan de Acción para la
aplicación de la Declaración sobre los principios rectores de la reducción de la
demanda de drogas, incluso mediante campañas de información pública y
recurriendo, entre otras cosas y donde sea posible, a la Internet;
10. Exhorta a los gobiernos, los órganos competentes de las Naciones
Unidas, los organismos especializados y otras organizaciones internacionales a que
presten ayuda y apoyo a los Estados que lo soliciten, en particular a los países en
_______________
18
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2001, Suplemento No. 8 (E/2001/28),
cap. I, secc. C.
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