A/RES/50/60 Página 2 o regional y a los esfuerzos futuros en pro del desarme y de la limitación de armamentos, y menoscaba la credibilidad y la eficacia del régimen jurídico internacional, Reconociendo, en este contexto, que la plena observancia por las partes de todas las disposiciones de los acuerdos existentes y la solución efectiva de las cuestiones de observancia por medios compatibles con los acuerdos mismos y con el derecho internacional pueden, entre otras cosas, facilitar la concertación de nuevos acuerdos de limitación de armamentos y de desarme, y contribuir de esa forma al mejoramiento de las relaciones entre los Estados y al fortalecimiento de la paz y la seguridad mundiales, Estimando que la observancia de todas las disposiciones de los acuerdos de limitación de armamentos y de desarme por los Estados partes es una cuestión que interesa y preocupa a todos los miembros de la comunidad internacional, y tomando nota de la función que a ese respecto han desempeñado y deben seguir desempeñando las Naciones Unidas, Acogiendo con beneplácito el reconocimiento universal de la importancia fundamental de la cuestión de la observancia y la verificación de los acuerdos y demás obligaciones en materia de limitación de armamentos y de desarme, 1. Insta a todos los Estados partes en acuerdos de limitación de armamentos y de desarme a que apliquen y observen en su totalidad el espíritu de tales acuerdos y todas sus disposiciones; 2. Exhorta a todos los Estados Miembros a que consideren seriamente las repercusiones que tiene el incumplimiento de cualesquiera disposiciones de las obligaciones en materia de limitación de armamentos y de desarme para la seguridad y la estabilidad internacionales, así como para las perspectivas de lograr nuevos progresos en la esfera del desarme; 3. Exhorta también a todos los Estados Miembros a que apoyen los esfuerzos encaminados a resolver las cuestiones de incumplimiento por medios compatibles con los acuerdos mismos y con el derecho internacional con miras a fomentar la observancia estricta por todas las partes de las disposiciones de los acuerdos de limitación de armamentos y de desarme, y a mantener o restablecer la integridad de esos acuerdos; 4. Acoge con beneplácito la función que han desempeñado las Naciones Unidas en el restablecimiento de la integridad de ciertos acuerdos de limitación de armamentos y de desarme, en el fomento de negociaciones al respecto, y en la eliminación de amenazas a la paz; 5. Pide al Secretario General que siga prestando la asistencia que sea necesaria para restablecer y proteger la integridad de los acuerdos de limitación de armamentos y de desarme; 6. Apoya la adopción de medidas por los Estados partes para elaborar, cuando proceda, nuevas medidas de cooperación que puedan aumentar la confianza en el cumplimiento de las obligaciones en materia de limitación de armamentos y de desarme existentes y reducir la posibilidad de interpretaciones erróneas y de malentendidos; 7. Toma nota de la contribución que los experimentos y las investigaciones sobre verificación pueden hacer y ya han hecho a la confirmación y el mejoramiento de los procedimientos de verificación de los /...

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