Llamamiento mundial para la adopción de medidas concretas para la
eliminación del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las
formas conexas de intolerancia y para la aplicación y el seguimiento
generales de la Declaración y el Programa de Acción de Durban
A/RES/77/205
III
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos
23. Solicita al Secretario General y a la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos que proporcionen los recursos
necesarios para el pleno cumplimiento de los mandatos del Grupo de Trabajo
Intergubernamental sobre la Aplicación Efectiva de la Declaración y el Programa de
Acción de Durban, el Grupo de Trabajo de Expertos sobre los Afrodescendientes, el
Grupo de Eminentes Expertos Independientes sobre la Aplicación de la Declaración
y el Programa de Acción de Durban, el Comité Especial sobre la Elaboración de
Normas Complementarias y el Foro Permanente sobre los Afrodescendientes y, a este
respecto, que garanticen la participación de expertos en cada una de las sesiones de
esos mecanismos de seguimiento para que los asesoren sobre las cuestiones objeto de
debate y los ayuden en sus deliberaciones y en la aprobación de recomendaciones
orientadas a la acción relacionadas con la aplicación de la Declaración y el Programa
de Acción;
24. Recuerda las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 43/1 y
47/21, y acoge con beneplácito el informe de la Alta Comisionada de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos sobre la promoción y la protección de los
derechos humanos y las libertades fundamentales de los africanos y los
afrodescendientes frente al uso excesivo de la fuerza y otras violaciones de los
derechos humanos por agentes del orden, así como de su anexo, titulado “Four -point
Agenda towards Transformative Change for Racial Justice and Equality” (Agenda de
cuatro puntos para un cambio transformador en favor de la justicia y la igualdad
raciales), que se presentaron en cumplimiento de la resolución 43/1 18;
25. Subraya la importancia de consolidar todos los esfuerzos dirigidos a
combatir el racismo en una única dependencia de lucha contra la discriminación racial
que incluya las cuestiones de la igualdad y la justicia racial;
IV
Grupo de Eminentes Expertos Independientes sobre la Aplicación
de la Declaración y el Programa de Acción de Durban
26. Recuerda el informe del Grupo de Eminentes Expertos Independientes
sobre la Aplicación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban en su
séptimo período de sesiones 19 y observa a este respecto que el período de sesiones,
que se celebró con sesiones privadas y virtuales, se celebró el 26 de octubre de 2021;
27. Observa la resolución 51/32 del Consejo de Derechos Humanos titulada
“De la retórica a la realidad: un llamamiento mundial a la adopción de medidas
concretas contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas
conexas de intolerancia” y las recomendaciones contenidas en él en relación con el
Grupo de Eminentes Expertos Independientes, acuerda además limitar el mandato de
los Eminentes Expertos a cuatro años, con posibilidad de prorrogarlo una vez, y que
los Expertos actuales continuarán desempeñando sus funciones hasta que concluya el
nombramiento de nuevos Expertos, y solicita que la limitación de mandatos se aplique
también al servicio de los Expertos que ya habían sido nombrados a la fecha de
aprobación de la presente resolución;
28. Solicita al Secretario General que nombre a cinco Eminentes Expertos,
uno de cada región, de entre los candidatos que proponga el Presidente del Consejo
de Derechos Humanos, tras mantener consultas con los grupos regionales, en
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A/HRC/47/53.
Véase A/77/233.
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