Llamamiento mundial para la adopción de medidas concretas para la
eliminación del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las
formas conexas de intolerancia y para la aplicación y el seguimiento
generales de la Declaración y el Programa de Acción de Durban
A/RES/77/205
contra todas sus abominables formas y manifestaciones contemporáneas, es una
cuestión prioritaria para la comunidad internacional,
I
Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas
de Discriminación Racial
1.
Reafirma la importancia primordial que revisten la adhesión universal a la
Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación Racial 11, aprobada por la Asamblea General en su resolución 2106 A
(XX), de 21 de diciembre de 1965, y su aplicación plena y efectiva a fin de hacer
frente a los flagelos del racismo y la discriminación racial;
2.
Exhorta a los Estados que todavía no lo hayan hecho a adherirse a la
Convención o ratificarla y exhorta a los Estados partes a que consideren la posib ilidad
de formular la declaración prevista en el artículo 14 de la Convención;
3.
Exhorta a todos los Estados que aún no lo hayan hecho a que, de
conformidad con el párrafo 75 de la Declaración y el Programa de Acción de Durban,
consideren la posibilidad de retirar sus reservas al artículo 4 de la Convención
Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial;
4.
Subraya, en ese contexto, que las disposiciones de la Convención no dan
una respuesta eficaz a las manifestaciones contemporáneas de la discriminación
racial, particularmente en relación con la xenofobia y las formas conexas de
intolerancia, hecho reconocido que motivó la convocatoria en 2001 de la Conferencia
Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas
Conexas de Intolerancia;
5.
Toma nota del reconocimiento por el Consejo de Derechos Humanos y sus
estructuras subsidiarias de la existencia de lagunas en la Convención, tanto de
procedimiento como de contenido, que deben subsanarse de f orma urgente, imperiosa
y prioritaria;
6.
Expresa su preocupación por la falta de progresos en la elaboración de
normas complementarias a la Convención para subsanar las lagunas existentes
mediante la preparación de nuevas normativas destinadas a combatir todas las formas
contemporáneas y renacientes de flagelos del racismo;
7.
Recuerda la resolución 34/36 del Consejo de Derechos Humanos, de 24 de
marzo de 2017 12 , en la que el Consejo solicitó al Presidente-Relator del Comité
Especial sobre la Elaboración de Normas Complementarias a la Convención
Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial que
se asegurase de que las negociaciones sobre el proyecto de protocolo adicio nal de la
Convención que tipificaría como delitos los actos de carácter racista y xenófobo
comenzaran durante el décimo período de sesiones del Comité Especial;
8.
Solicita a la Presidenta-Relatora del Comité Especial sobre la Elaboración
de Normas Complementarias que en su septuagésimo octavo período de sesiones le
presente un informe sobre la marcha de los trabajos;
__________________
11
12
22-28931
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 660, núm. 9464.
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo segundo período de
sesiones, suplemento núm. 53 (A/72/53), cap. IV, secc. A.
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