A/RES/50/201
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Reconociendo la urgencia de eliminar las denegaciones y violaciones de
derechos humanos, tal como se señala en la Declaración y Programa de Acción de
Viena,
Convencida de que la Declaración y Programa de Acción de Viena han de
concretarse en medidas efectivas de los Estados, los órganos y las
organizaciones competentes de las Naciones Unidas y otras organizaciones
interesadas, incluso organizaciones no gubernamentales,
Reconociendo la importancia del diálogo y la cooperación entre gobiernos
y organizaciones no gubernamentales en la esfera de los derechos humanos,
Observando que las actividades previstas en la Declaración y Programa de
Acción de Viena incrementan el volumen de trabajo y las funciones de las
Naciones Unidas en materia de derechos humanos y que hasta el momento tan sólo
se han dado los primeros pasos a fin de corregir la disparidad entre los
recursos y las actividades previstas en los mandatos,
Recordando la petición hecha por la Conferencia al Secretario General y
a la Asamblea General de que adoptaran de inmediato medidas para aumentar
considerablemente los recursos asignados al programa de derechos humanos con
cargo a los presupuestos ordinarios de las Naciones Unidas para el período
actual y los períodos futuros,
Acogiendo con agrado el hecho de que el llamamiento dirigido por la
Conferencia para que se adoptara un enfoque a nivel de todo el sistema de las
Naciones Unidas respecto de las cuestiones de derechos humanos se haya
reflejado en las recomendaciones de las principales conferencias
internacionales organizadas por las Naciones Unidas en las esferas económica y
social y esferas conexas, en especial el Programa de Acción de la Conferencia
Internacional sobre la Población y el Desarrollo, celebrada en El Cairo del
5 al 13 de septiembre de 1994 3/, la Declaración de Copenhague sobre
Desarrollo Social y el Programa de Acción de la Cumbre Mundial sobre
Desarrollo Social, celebrada en Copenhague del 6 al 12 de marzo de 1995 4/,
y la Declaración de Beijing y Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia
Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing entre el 4 y el 15 de septiembre
de 1995 5/,
Tomando nota de las gestiones que están llevándose a cabo con objeto de
coordinar las actividades complementarias de las principales conferencias
internacionales en las esferas económica y social y esferas conexas,
Reconociendo que la interdependencia de la democracia, el desarrollo y
el respeto de los derechos humanos, proclamada en la Declaración y Programa de
Acción de Viena, hace preciso un enfoque global e integrado de la promoción y
protección de los derechos humanos,
3/
Informe de la Conferencia Internacional sobre la Población y el
Desarrollo, El Cairo, 5 a 13 de septiembre de 1994 (publicación de las
Naciones Unidas, Nº de venta: S.95.XIII.18), cap. I, resolución 1, anexo.
4/
A/CONF.166/9, cap. I, resolución 1, anexos I y II.
5/
A/CONF.177/20 y Add. 1, cap. I, resolución 1, anexos I y II.
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