La mujer en el desarrollo
A/RES/70/219
Reiterando la importancia y el valor del mandato de la Entidad de las Naciones
Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres
(ONU-Mujeres), acogiendo con beneplácito el liderazgo de ONU-Mujeres al
proporcionar una voz firme para las mujeres y las niñas a todos los niveles y
reafirmando su importante función de dirigir, coordinar y promover la rendición de
cuentas del sistema de las Naciones Unidas en su labor relativa a la igualdad de
género y el empoderamiento de la mujer,
Tomando nota con aprecio de los progresos registrados por el sistema de las
Naciones Unidas para el desarrollo en el cumplimiento de los mandatos en materia
de igualdad de género y empoderamiento de la mujer establecidos en la resolución
67/226,
Expresando profunda preocupación por la violencia generalizada contra las
mujeres y las niñas,
Expresando preocupación por el efecto adverso, en particular en el desarrollo,
de las consecuencias de la crisis financiera y económica mundial, y los indicios de
una recuperación desigual, frágil y lenta, conocedora de que la economía mundial,
pese a los considerables esfuerzos que han contribuido a contener los riesgos de
variaciones extremas, mejorar las condiciones y la estabilidad de los mercados
financieros y mantener la recuperación, sigue atravesando una etapa difícil, con
riesgos de deterioro, como la gran inestabilidad de los mercados mundiales, la
excesiva volatilidad de los precios de los productos básicos, un elevado desempleo,
especialmente entre los jóvenes, el endeudamiento insostenible de algunos países y
las presiones fiscales generalizadas, que plantean problema s para la recuperación
económica mundial y reflejan la necesidad de nuevos progresos con miras a
mantener y reequilibrar la demanda mundial, y destacando la necesidad de proseguir
los esfuerzos para hacer frente a los puntos débiles y desequilibrios sistémicos y
reformar y fortalecer el sistema financiero internacional, al tiempo que se aplican
las reformas acordadas hasta la fecha,
Reafirmando las disposiciones relativas a la promoción del empleo pleno y
productivo y el acceso a un trabajo decente y la protección social para todos que
figuran en el documento final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
Desarrollo Sostenible, y exhortando a los Estados a aprobar políticas
macroeconómicas orientadas al futuro que promuevan el desarrollo sostenibl e y
conduzcan a un crecimiento económico sostenido, inclusivo y equitativo, aumenten
las oportunidades de empleo productivo y promuevan el desarrollo agrícola e
industrial,
Reconociendo que los trabajadores y las trabajadoras deberían tener el mismo
acceso a la educación, la capacitación práctica, los cuidados de salud, la seguridad
social, los derechos fundamentales en el trabajo, las protecciones sociales y
jurídicas, incluida la seguridad y la salud en el trabajo, y oportunidades de trabajo
decente,
Reconociendo también que alcanzar el más alto nivel posible de salud, entre
otras cosas, mediante el acceso equitativo y universal a servicios de atención a la
salud asequibles y de calidad e información sobre cuidados preventivos de la salud,
incluso en la esfera de la salud sexual y reproductiva, es fundamental para el
adelanto económico y el empoderamiento de la mujer, que la falta de independencia
y empoderamiento económicos aumenta la vulnerabilidad de la mujer a una gama de
consecuencias perjudiciales, incluido el riesgo de contraer el VIH/SIDA, y que si no
se tiene en cuenta que las mujeres deben disfrutar plenamente de sus derechos
humanos se limitan considerablemente sus oportunidades en la vida pública y
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