A/RES/52/245
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Reafirmando que los gastos de la Fuerza son gastos de la Organización que deben ser sufragados por
los Estados Miembros de conformidad con el párrafo 2 del Artículo 17 de la Carta de las Naciones
Unidas,
Recordando sus decisiones anteriores de que para sufragar los gastos de la Fuerza se requiere un
procedimiento diferente del que se aplica para sufragar los gastos del presupuesto ordinario de las
Naciones Unidas,
Teniendo en cuenta que los países económicamente más desarrollados están en condiciones de hacer
contribuciones relativamente mayores y que los países económicamente menos desarrollados tienen una
capacidad relativamente limitada de contribuir a operaciones de esa índole,
Teniendo presente la responsabilidad especial de los Estados que son miembros permanentes del
Consejo de Seguridad en la financiación de tales operaciones, como se señala en la resolución 1874 (S-IV)
de la Asamblea General, de 27 de junio de 1963,
Tomando nota con reconocimiento de que ciertos gobiernos han hecho contribuciones voluntarias a
la Fuerza,
Consciente de que es indispensable proporcionar a la Fuerza los recursos financieros necesarios para
que pueda desempeñar las funciones que le competen en virtud de las resoluciones pertinentes del Consejo
de Seguridad,
1. Toma nota de la situación de las contribuciones para la Fuerza de Despliegue Preventivo de las
Naciones Unidas al 15 de mayo de 1998, en particular de las cuotas pendientes de pago por un monto de
11,3 millones de dólares de los Estados Unidos, que constituyen el 9% del total de las cuotas asignadas
desde que se estableció la Fuerza hasta el 30 de junio de 1998, observa que aproximadamente el 20% de
los Estados Miembros han pagado sus cuotas íntegramente e insta a los demás Estados Miembros de que
se trate, en particular a los que estén en mora, a que abonen sus cuotas pendientes de pago;
2. Expresa su preocupación por la situación financiera de las actividades de mantenimiento de la
paz, en particular con respecto al reembolso a los países que aportan contingentes, que soportan una carta
adicional debido al atraso de los Estados Miembros en el pago de sus cuotas;
3.
Expresa su reconocimiento a los Estados Miembros que han pagado íntegramente sus cuotas;
4. Insta a los demás Estados Miembros a que hagan cuanto esté a su alcance por pagar íntegra y
puntualmente sus cuotas para la Fuerza;
5. Hace suyas las observaciones y recomendaciones que figuran en el informe de la Comisión
Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto2;
6. Decide examinar la recomendación de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de
Presupuesto de introducir una reducción general del 5% en las propuestas presupuestarias del Secretario
General a la luz de la próxima serie de informes pertinentes sobre la ejecución del presupuesto;
7. Pide al Secretario General que tome todas las medidas necesarias para que la Fuerza se
administre con el máximo de eficiencia y economía;
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