A/RES/56/25
44/117 F, de 15 de diciembre de 1989, relativas a los centros regionales para la paz y
el desarme en Nepal, el Perú y el Togo,
Reconociendo que las transformaciones que han tenido lugar en el mundo
ofrecen nuevas oportunidades y plantean nuevos problemas para lograr el desarme,
y teniendo presente, en este sentido, que los centros regionales para la paz y el
desarme pueden contribuir considerablemente a lograr el entendimiento y la
cooperación entre los Estados de cada región en los ámbitos de la paz, el desarme y
el desarrollo,
Señalando que en el párrafo 146 del Documento Final de la Duodécima
Conferencia de Jefes de Estado o de Gobierno de los Países No Alineados, que se
celebró en Durban (Sudáfrica) del 29 de agosto al 3 de septiembre de 1998, los Jefes
de Estado o de Gobierno acogieron con beneplácito la decisión que había adoptado
la Asamblea General de mantener y revitalizar los tres centros regionales para la paz
y el desarme en Nepal, el Perú y el Togo 12,
1.
Reitera la importancia de las actividades que desarrollan las Naciones
Unidas en el plano regional para aumentar la estabilidad y la seguridad de sus
Estados Miembros, las cuales podrían promoverse en grado considerable
manteniendo y revitalizando los tres centros regionales para la paz y el desarme;
2.
Reafirma que, para lograr resultados positivos, conviene que los tres
centros regionales ejecuten programas de difusión y educación destinados a
promover la paz y la seguridad regionales, con miras a modificar ciertas actitudes
fundamentales relativas a la paz y la seguridad y al desarme y, de esa forma,
contribuir a que se cumplan los propósitos y principios de las Naciones Unidas;
3.
Hace un llamamiento a los Estados Miembros de cada región y a cuantos
estén en condiciones de responder a él, así como a las organizaciones
gubernamentales y no gubernamentales internacionales y a las fundaciones, para que
aporten contribuciones voluntarias a los centros regionales de sus respectivas
regiones, a fin de reforzar los programas de actividades de los centros y la ejecución
de esos programas;
4.
Pide al Secretario General que, sin rebasar los límites de los recursos
existentes, brinde todo el apoyo necesario a los centros regionales para que éstos
puedan ejecutar sus programas de actividades;
5.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo séptimo
período de sesiones el tema titulado “Centros regionales de las Naciones Unidas
para la paz y el desarme”.
68ª sesión plenaria
29 de noviembre de 2001
_______________
12
6
A/53/667-S/1998/1071, anexo I.
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