A/RES/56/157
Convicciones, la Tolerancia y la No Discriminación, en la que se alentó a los
gobiernos, las organizaciones no gubernamentales y otras partes interesadas a
participar activamente;
13. Alienta a los gobiernos a que, al recurrir al Programa de las Naciones
Unidas de servicios de asesoramiento y asistencia técnica en materia de derechos
humanos, consideren la posibilidad de solicitar, cuando proceda, asistencia para
fomentar y proteger el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión;
14. Observa con satisfacción y alienta la constante labor de las
organizaciones no gubernamentales y los órganos y grupos religiosos para promover
la aplicación y difusión de la Declaración y alienta una vez más su labor dirigida a
promover la libertad de religión y de creencias y a dar a conocer los casos de
intolerancia, discriminación y persecución por motivos de religión;
15. Pide a la Comisión de Derechos Humanos que siga examinando medidas
encaminadas a aplicar la Declaración;
16. Pide al Secretario General que se cerciore de que el Relator Especial
cuente con los recursos necesarios para cumplir cabalmente su mandato;
17. Decide examinar la cuestión de la eliminación de todas las formas de
intolerancia religiosa en su quincuagésimo séptimo período de sesiones en relación
con el tema titulado “Cuestiones relativas a los derechos humanos” y pide al Relator
Especial que le presente un informe provisional sobre esa cuestión.
88ª sesión plenaria
19 de diciembre de 2001
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