A/RES/51/190
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Consciente de las demás consecuencias económicas y sociales negativas de
los asentamientos israelíes para los recursos naturales palestinos y otros
recursos naturales árabes, en especial la confiscación de tierras y la
desviación forzosa de recursos hídricos,
Acogiendo con beneplácito el proceso de paz en el Oriente Medio,
iniciado en Madrid el 30 de octubre de 1991 y que se basa en las resoluciones
del Consejo de Seguridad 242 (1967), 338 (1973), de 22 de octubre de 1973, y
425 (1978), de 19 de marzo de 1978, y en el principio de territorios por paz,
en particular los dos acuerdos de aplicación constituidos por el Acuerdo sobre
la Faja de Gaza y la Zona de Jericó, de 4 de mayo de 19942, y el Acuerdo
Provisional sobre la Ribera Occidental y la Faja de Gaza, de 28 de septiembre
de 1995,
1.
Toma nota del informe del Secretario General3;
2.
Reafirma el derecho inalienable del pueblo palestino y de la
población del Golán sirio ocupado sobre sus recursos naturales, incluidas la
tierra y el agua;
3.
Pide a Israel, la Potencia ocupante, que no explote, haga perder,
agote ni ponga en peligro los recursos naturales del territorio palestino
ocupado, incluida Jerusalén, y del Golán sirio ocupado;
4.
Reconoce el derecho del pueblo palestino a reclamar una
indemnización por concepto de la explotación, la pérdida o el agotamiento de
sus recursos naturales, o de lo que constituye una amenaza para ellos, y
expresa la esperanza de que esta cuestión se trate en el marco de las
negociaciones entre palestinos e israelíes sobre el estatuto definitivo;
5.
Pide al Secretario General que le presente un informe sobre la
aplicación de la presente resolución en su quincuagésimo segundo período de
sesiones y decide incluir en el programa de su quincuagésimo segundo período
de sesiones un tema titulado "Soberanía permanente del pueblo palestino en el
territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén, y de la población árabe en
el Golán sirio ocupado sobre sus recursos naturales".
86a. sesión plenaria
16 de diciembre de 1996
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A/49/180-S/1994/727, anexo; véase Documentos Oficiales del Consejo de
Seguridad, cuadragésimo noveno año, Suplemento de abril, mayo y junio de 1994,
documento S/1994/72.
3
A/51/135-E/1996/51.