A/78/310 I. Introducción 1. El Grupo de Expertos de Alto Nivel sobre Inteligencia Artificial 1 de la Comisión Europea ha señalado que los principios de transparencia y explicabilidad son componentes relevantes para promover una inteligencia artificial fiable. Para ello, la inteligencia artificial debe ser lícita, ética y robusta, “tanto desde el pu nto de vista técnico como social, puesto que los sistemas de inteligencia artificial, incluso si las intenciones son buenas, pueden provocar daños accidentales” 2. 2. En la misma línea, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) señala que “[l]a transparencia y la explicabilidad están estrechamente relacionadas con las medidas adecuadas de responsabilidad y rendición de cuentas, así como con la fiabilidad de los sistemas de [inteligencia artificial]”3. Asimismo, establece que “[l]a transparencia y la explicabilidad de los sistemas de inteligencia artificial suelen ser condiciones previas fundamentales para garantizar el respeto, la protección y la promoción de los derechos humanos, las libertades fundamentales y los principios éticos” 4. 3. La inteligencia artificial está muy presente en la agenda global. A finales de diciembre de 2022, por ejemplo, la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) emitió una declaración sobre un futuro digital fiable, sostenible e inclusivo 5 mediante la cual se comprometió a trabajar para, entre otros aspectos, impulsar una transformación digital centrada en el ser humano y que promueva los derechos humanos, tanto en línea como sin conexión, así como una sólida protección de los datos personales, y de las leyes y normativas adecuadas a la era digital, y un uso fiable, seguro, responsable y sostenible de las tecnologías digitales emergentes y la inteligencia artificial 6. Respecto de la inteligencia artificial, los Estados miembros de la OCDE solicitan a esta organización que respalde el desarrollo de marcos políticos y jurídicos con visión de futuro, coherentes y viables para regular la inteligencia artificial y gestionar sus riesgos de forma eficaz, y proporci one datos empíricos, previsiones, herramientas y una labor de seguimiento de incidentes para la planificación y ejecución de políticas públicas eficaces de cara a implementar una inteligencia artificial fiable de seguimiento 7. 4. El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, por su parte, aprobaron el 23 de enero de 2023 la Declaración Europea sobre los Derechos y Principios Digitales para la Década Digital, por la que se comprometieron a: a) promover sistemas de inteligencia artificial centrados en el ser humano, fiables y éticos a lo largo de todo su desarrollo, despliegue y uso, en consonancia con los valores de la [Unión Europea]; __________________ 1 2 3 4 5 6 7 23-15851 Se trata de un grupo de expertos independientes constituido por la Comisión Europea en junio de 2018. Grupo de Expertos de Alto Nivel sobre Inteligencia Artificial, Directrices éticas para una inteligencia artificial fiable (2019), pág. 2. Disponible en: https://digitalstrategy.ec.europa.eu/en/library/ethics -guidelines-trustworthy-ai. UNESCO, Recomendación sobre la ética de la inteligencia artificial (2021), pág. 23. Disponible en https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000381137_spa . Ibid., pág. 22.https://www.unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000381137_spa OCDE, Declaration on a Trusted, Sustainable and Inclusive Digital Future (2022). La declaración fue fruto de la reunión que se realizó en la isla de Gran Canaria (España) el 14 y el 15 diciembre de 2022. Disponible en: https://legalinstruments.oecd.org/en/instruments/OECD LEGAL-0488. Ibid. Ibid. 3/21

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