A/RES/52/217 Página 2 Observando que ha mejorado la presentación del informe del Secretario General1, que fue publicado a tiempo, se preparó sobre la base de los costos completos, e incluye información sobre el costo anual de los nuevos puestos e indicadores de los resultados, como recomendó la Comisión Consultiva4, 1. Hace suyas las observaciones y recomendaciones que figuran en el informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto3, con sujeción a lo dispuesto en la presente resolución; 2. Observa que para fines de 1998 el Secretario General habrá concluido el proceso de eliminación gradual del personal proporcionado gratuitamente que presta servicios en el Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 51/243, del 15 de septiembre de 1997; 3. Pide al Secretario General que proporcione en el informe sobre la ejecución del presupuesto correspondiente a 1997 los indicadores de los resultados efectivos, a fin de facilitar la evaluación de las actividades del Tribunal Internacional; 4. Pide también al Secretario General que incluya en el informe sobre la ejecución del presupuesto correspondiente a 1997 la información solicitada en el párrafo 7 de la resolución 51/214 B de la Asamblea General, de 13 de junio de 1997; 5. Está de acuerdo con que se debería aplazar el examen de los derechos de pensión de los miembros del Tribunal Internacional hasta que examine el informe del Secretario General sobre la remuneración y el plan de pensiones de los miembros de la Corte Internacional de Justicia que se le ha de presentar en su quincuagésimo tercer período de sesiones, de conformidad con la resolución 50/216 de la Asamblea, de 23 de diciembre de 1995; 6. Aprueba las recomendaciones presupuestarias formuladas por la Comisión Consultiva en el párrafo 21 de su informe3; 7. Decide consignar en la Cuenta Especial para el Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991 la suma total de 68.829.800 dólares de los Estados Unidos en cifras brutas (62.331.600 dólares en cifras netas) para el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 1998; 8. Recuerda sus resoluciones 49/242 B, de 20 de julio de 1995, 50/212 A, de 23 de diciembre de 1995, 50/212 B y C, de 11 de abril y 7 de junio de 1996, 51/214 A, de 18 de diciembre de 1996, y 51/214 B, de 13 de junio de 1997, en las cuales decidió, como medida especial y excepcional, que los Estados Miembros renunciaran a las partes que les correspondieran de los créditos no utilizados de los presupuestos anteriores de la Fuerza de Protección de las Naciones Unidas, las que se transferirían de la 4 A/51/7/Add.7 y Corr.2. Para el texto definitivo véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo primer período de sesiones, Suplemento No. 7. /...

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