A/RES/50/187 Página 3 Centro y teniendo presente en este contexto la solicitud formulada al Secretario General por la Comisión de Derechos Humanos en su resolución 1995/93, de 10 de marzo de 1995 4/, de que convocara por lo menos dos veces al año reuniones en Ginebra con todos los Estados interesados a fin de suministrar información acerca de las actividades realizadas por el Centro y su proceso de reestructuración, Reconociendo que este proceso debería contribuir a afianzar el marco funcional para que la Secretaría integre y consolide sus actividades en materia de derechos humanos, Recordando que la Comisión de Derechos Humanos, en su informe a la Comisión Especial del Consejo Económico y Social 5/, reafirmó que la consideración primordial que se tendría en cuenta al nombrar personal de todas las categorías era la necesidad de asegurar el más alto grado de eficiencia, competencia e integridad y que estaba convencida de que ello era compatible con el principio de la distribución geográfica equitativa, y teniendo en cuenta el párrafo 3 del Artículo 101 de la Carta de las Naciones Unidas, Tomando nota del informe del Secretario General sobre el fortalecimiento del Centro de Derechos Humanos 6/ y de su nota sobre la composición geográfica y las funciones del personal del Centro 7/, así como del informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos 8/, 1. Apoya y alienta las medidas adoptadas por el Secretario General para realzar el cometido del Centro de Derechos Humanos de la Secretaría, bajo la supervisión general del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, y mejorar más su funcionamiento; 2. Reitera la necesidad de que se proporcionen sin demora al Alto Comisionado y al Centro todos los recursos humanos, financieros, materiales y de personal necesarios para que puedan llevar a cabo en forma eficiente, efectiva y expedita los mandatos que les han sido encomendados; 3. Pide al Secretario General que, asigne recursos financieros y humanos adicionales en el marco del presupuesto ordinario global de las Naciones Unidas a fin de poner al Alto Comisionado y al Centro en mejores condiciones para cumplir efectivamente sus respectivos mandatos y, llevar a cabo las actividades operacionales previstas en ellos y para proceder a una coordinación eficiente de las cuestiones logísticas y administrativas,entre otras cosas, con otros departamentos competentes de la Secretaría y con otros órganos y organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas, teniendo debidamente en cuenta la necesidad de financiar y ejecutar las actividades de las Naciones Unidas relacionadas con el desarrollo; 4/ Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1995, Suplemento No. 3 y Correcciones (E/1995/23 y Corr.1 y 2), cap. II, secc. A. 5/ E/CN.4/1988/85 y Corr.1. 6/ A/50/678. 7/ A/50/682. 8/ A/50/36. /...

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