A/RES/56/24
Subrayando la importancia de los tratados de Tlatelolco 17, Rarotonga 18,
Bangkok 19 y Pelindaba 20, por los que se crean zonas libres de armas nucleares, así
como del Tratado Antártico 21, a los fines de, entre otras cosas, alcanzar en última
instancia el objetivo de un mundo totalmente libre de armas nucleares,
Subrayando también la importancia de que se redoble la cooperación entre los
miembros de los tratados sobre zonas libres de armas nucleares mediante
mecanismos tales como reuniones conjuntas de los Estados partes, signatarios y
observadores de esos tratados,
Recordando los principios y normas aplicables de derecho internacional
referentes a la libertad de la alta mar y al derecho de paso por el espacio marítimo,
incluidos los consagrados en la Convención de las Naciones Unidas sobre el
Derecho del Mar 22,
1.
Acoge con beneplácito el hecho de que el Tratado Antártico 21 y los
tratados de Tlatelolco 17, Rarotonga 18, Bangkok 19 y Pelindaba 20 sigan contribuyendo
a liberar de armas nucleares al hemisferio sur y las áreas adyacentes a que se
refieren esos tratados;
2.
Insta a todos los Estados de la región a que ratifiquen los tratados de
Tlatelolco, Rarotonga, Bangkok y Pelindaba y exhorta a todos los Estados
interesados a que continúen actuando de consuno para coadyuvar a que todos los
Estados pertinentes que aún no lo hayan hecho se adhieran a los protocolos de los
tratados relativos a las zonas libres de armas nucleares;
3.
Acoge con beneplácito las medidas adoptadas para concertar nuevos
tratados de creación de zonas libres de armas nucleares sobre la base de arreglos
libremente concertados entre los Estados de las regiones correspondientes, y pide a
todos los Estados que examinen todas las propuestas pertinentes, incluidas las que
figuran en las resoluciones de la Asamblea General sobre el establecimiento de
zonas libres de armas nucleares en el Oriente Medio y en Asia meridional;
4.
Convencida del importante papel que cumplen las zonas libres de armas
nucleares para fortalecer el régimen de no proliferación de dichas armas y para
aumentar el número de regiones del mundo libres de armas nucleares y, con
particular atención a las responsabilidades de los Estados poseedores de armas
nucleares, pide a todos los Estados que apoyen el proceso de desarme nuclear y que
se esfuercen por lograr la eliminación total de todas las armas nucleares;
5.
Exhorta a los Estados partes en los tratados de Tlatelolco, Rarotonga,
Bangkok y Pelindaba y a los Estados signatarios a que, con el fin de lograr los
objetivos comunes previstos en tales tratados y de consolidar la condición de zona
libre de armas nucleares del hemisferio Sur y las áreas adyacentes, examinen y
_______________
17
Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 634, No. 9068.
Véase Anuario de Desarme de las Naciones Unidas, vol. 10: 1985 (publicación de las Naciones Unidas,
número de venta: S.86.IX.7), apéndice VII.
19
Tratado sobre el establecimiento de una zona libre de armas nucleares en Asia sudoriental.
20
A/50/426, anexo.
21
Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 402, No. 5778.
22
Véase El Derecho del Mar: textos oficiales de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho
del mar, de 10 de diciembre de 1982, y del Acuerdo relativo a la aplicación de la Parte XI de la
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982, con un índice
temático y pasajes del Acta Final de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del
Mar (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.97.V.10).
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