E/2021/25 E/CN.9/2021/6 utilicen sosteniblemente recursos suficientes y mejoren la capacidad instituciona l para acelerar la implantación de sistemas agrícolas, pesqueros, acuícolas y alimentarios sostenibles, proporcionen un acceso continuo a aliment os adecuados, inocuos, asequibles y nutritivos y ofrezcan redes de seguridad social adecuadas y asistencia para reducir al mínimo los efectos negativos que la pérdida de medios de vida y el aumento de los precios de los alimentos tienen sobre la insegurida d alimentaria y la malnutrición, y subraya que la pandemia de COVID -19 está exacerbando los ya elevados niveles actuales de inseguridad alimentaria aguda, malnutrición y necesidades humanitarias; 9. Insta a los Estados Miembros a que protejan la seguridad alimentaria y la nutrición para todos, lo que incluye a las mujeres, los niños, los adolescentes y jóvenes, las personas de edad, los pueblos indígenas, las comunidades locales, la población rural y los productores rurales, los desplazados, los refugiados y los migrantes, los pobres de zonas tanto urbanas como rurales, las personas con discapacidad, las personas que viven con el VIH/sida y las que viven en situaciones de vulnerabilidad, incluidas las que afrontan crisis humanitarias, los efectos adversos del cambio climático o crisis económicas, entre otras cosas promoviendo políticas económicas, sociales y ambientales con las que contrarrestar el impacto adverso que tiene la desaceleración económica en los esfuerzos por poner fin al hambre y la malnutrición; 10. Insta también a los Estados Miembros a que tomen medidas multisectoriales para promover estilos de vida activos y saludables, que incluyan la actividad física en beneficio de todas las personas durante toda su vida, y creen un mundo libre de la malnutrición en todas sus formas, donde todas las personas se sientan empoderadas para asumir la responsabilidad de su propia salud, con el apoyo de medidas regulatorias públicas, y tengan acceso al agua potable y al saneamiento, a alimentos inocuos, suficientes y nutritivos y a una dieta variada, equilibrada y saludable a lo largo de toda su vida, prestando especial atención a las necesidades nutricionales de las mujeres embarazadas y lactantes, las mujeres en edad de procrear y las adolescentes, así como de los niños menores de 1 año y de corta edad, especialmente en los primeros 1.000 días de vida, entre otras cosas y según proceda, mediante la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses y la continuación de la lactancia hasta los 2 años o más, con la alimentación complementaria adecuada; 11. Insta a los Gobiernos y a la comunidad internacional a que velen por que los jóvenes disfruten, de manera equitativa y universal, el más alto nivel posible de salud física y mental facilitándoles acceso a servicios de salud y sociales sostenibles sin discriminación, prestando especial atención a la nutrición, inc luidos los trastornos alimenticios y la obesidad, y la prevención de enfermedades tanto no transmisibles como infecciosas, e impulsando medidas para prevenir las enfermedades de transmisión sexual, como el VIH y el sida, y eliminar los obstáculos de todo t ipo a la capacidad de los adolescentes y los jóvenes de proteger su salud, y a que faciliten activamente apoyo e inversiones para aumentar la participación de los jóvenes y las organizaciones dirigidas por jóvenes y centradas en ellos en la formulación de estrategias y políticas de desarrollo internacionales, regionales, nacionales y locales que les afecten, la toma de decisiones sobre ellas y su aplicación, seguimiento y evaluación, según proceda; 12. Reconoce que los niños que tienen la oportunidad de crecer y desarrollarse en un entorno saludable que responda a sus necesidades, incluida la lactancia materna, y que a edades tempranas fomente y aliente comportamientos y estilos de vida saludables, en particular las opciones dietéticas saludables, la alimen tación escolar y la actividad física regular, y promueva el mantenimiento de estilos de vida saludables 21-06093 19/34

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