A/HRC/RES/50/19
Observando con profunda preocupación las conclusiones de la Comisión de
Investigación, en particular en su informe más reciente1, de que la violencia sexual y de
género contra las mujeres, las niñas, los hombres y los niños ha sido persistente y no se ha
denunciado suficientemente en la República Árabe Siria desde 2011 y que sigue
cometiéndose,
Observando con profunda preocupación también las conclusiones de los documentos
de la Comisión de Investigación titulados “‘I lost my dignity’: sexual and gender-based
violence in the Syrian Arab Republic”, de 2018, y “Out of Sight, Out of Mind: Deaths in
Detention in the Syrian Arab Republic”2, de 2016, en particular que se están produciendo
impunemente importantes actos de violencia, incluidas violaciones y abusos sexuales, en los
lugares de detención, así como durante las operaciones terrestres y allanamientos de
domicilios y en los puestos de control, y que dichos actos fueron cometidos con mayor
frecuencia por las autoridades sirias,
Reconociendo que todas las mujeres y niñas se han visto desproporcionadamente
afectadas por la crisis y siguen estando entre las más perjudicadas, y por múltiples motivos,
entre ellos que muchas mujeres se han convertido en el principal o único sostén de sus
familias, situación que puede verse agravada por la desaparición forzada de miembros de sus
familias, al tiempo que deben hacer frente a mayores responsabilidades de cuidado y a niveles
alarmantes de violencia,
Tomando nota con pesar de las conclusiones de la Oficina del Alto Comisionado de
las Naciones Unidas para los Derechos Humanos de que más de 1 de cada 13 personas que
han muerto como consecuencia del conflicto eran mujeres, y de que casi 1 de cada
13 personas fallecidas a resultas del conflicto eran niños,
Observando con profunda preocupación que las mujeres y los niños sirios
desplazados internamente se ven afectados de forma desproporcionada por la pérdida de sus
medios de vida durante el desplazamiento, incluido el acceso desigual a la asistencia, la
educación, la higiene adecuada, especialmente higiene menstrual, y los servicios de atención
sanitaria, y que sufren violencia sexual y de género, como la explotación, el abuso, la trata
de personas, el reclutamiento forzoso y el secuestro,
Observando con profunda preocupación también las conclusiones de la Comisión de
Investigación de que los niños y las niñas han sufrido violencia sexual y de género desde los
primeros días del conflicto sirio y reconociendo el profundo efecto que el conflicto ha tenido
en ellos, y, a este respecto, haciendo notar también el documento de la Comisión de
Investigación de 2020 titulado “‘They have erased the dreams of my children’: children’s
rights in the Syrian Arab Republic”3,
Reconociendo que en la República Árabe Siria se ha cometido violencia sexual y de
género contra hombres y niños detenidos, entre ellos niños de tan solo 11 años, que fueron
sometidos a una serie de formas de violencia sexual y de género, como la violación, la tortura
sexual y la humillación, a menudo en los centros de detención del régimen durante los
interrogatorios para forzar confesiones, y en ocasiones incluso después de que los detenidos
hubieran confesado, para humillarlos o castigarlos aún más, y reconociendo la necesidad de
concienciar sobre la violencia sexual contra los hombres y los niños,
Observando con profundo pesar que las mujeres, las niñas, los hombres y los niños
víctimas de la violencia sexual y de género carecen a menudo de acceso a una atención
sanitaria inmediata, en particular en los centros de detención, donde las denuncias de
violencia sexual siguen siendo frecuentes, y que las autoridades a menudo niegan atención
médica a las personas detenidas,
Observando con preocupación la situación de los desplazados internos en los
campamentos, la mayoría de los cuales son mujeres y niños, que son especialmente
vulnerables a la violencia sexual y de género, que incluye asesinatos, abusos físicos, verbales
y sexuales, trato negligente, restricciones de movimiento, matrimonio infantil, precoz y
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A/HRC/49/77.
Disponible en www.ohchr.org/en/hr-bodies/hrc/iici-syria/documentation.
Ibid.
GE.22-11092