A/RES/74/169
Situación de los derechos humanos en la República Árabe Siria
de género y la tortura en los centros de detención a los que se hace referencia en los
informes de la Comisión de Investigación, entre ellos la Delegación 215, la
Delegación 227, la Delegación 235, la Delegación 251, la Subdivisión de
Investigación del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea en el aeropuerto militar
de Mezzeh y la prisión de Sednaya, así como la práctica denunciada de ahorcamientos
masivos por parte del régimen y la presunta matanza de detenidos en hospitales
militares, incluidos los hospitales de Tishrin y Harasta,
Recordando las declaraciones hechas por el Secretario General, el Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y los
procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos en el sentido de que es
probable que se hayan cometido crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra en
la República Árabe Siria y observando las repetidas ocasiones en que el Alto
Comisionado ha alentado al Consejo de Seguridad a remitir la situación a la Cor te
Penal Internacional y lamentando que no se haya aprobado un proyecto de
resolución 37 pese al amplio apoyo de los Estados Miembros,
Pidiendo la inmediata derogación de la Ley núm. 10/2018 y preocupada por la
vulneración por el régimen sirio de las viviendas, tierras y propiedades de los sirios,
en particular mediante la privación a los sirios desplazados de sus tierras y
propiedades en la legislación nacional y medidas similares, que tendrían un efecto
negativo considerable en el derecho de los sirios desplazados por el conflicto a
reclamar sus bienes y regresar a sus hogares en condiciones de seguridad, de manera
voluntaria y digna cuando la situación sobre el terreno lo permita,
Expresando preocupación porque las resoluciones del Consejo de Seguridad
2139 (2014), 2165 (2014), 2191 (2014), 2254 (2015), 2258 (2015), 2268 (2016),
2286 (2016), 2393 (2017), 2401 (2018) y 2449 (2018) siguen en gran medida sin
aplicarse, y observando la urgente necesidad de intensificar los esfuerzos para
resolver la situación humanitaria en la República Árabe Siria, entre otras cosas
mediante la protección de los civiles y el acceso humanitario pleno, inmediato,
sostenido y sin trabas,
Recordando su adhesión a las resoluciones del Consejo de Seguridad
2170 (2014), 2178 (2014) y 2253 (2015), de 17 de diciembre de 2015,
Alarmada porque más de 5,6 millones de refugiados, entre ellos más de
3,8 millones de mujeres y niños, se han visto obligados a huir de la República Árabe
Siria y porque 13 millones de personas en la República Árabe Siria, de las cuales
6,2 millones son desplazados internos, necesitan asistencia humanitaria urgente, lo
que ha dado lugar a la afluencia de refugiados sirios a los países vecinos y otros países
de la región y de fuera de la región, y alarmada por el riesgo que esta situación
representa para la estabilidad regional e internacional,
Expresando su profunda indignación por la muerte de más de 17.000 niños y
por los otros muchos que han resultado heridos desde el comienzo de las protestas
pacíficas en marzo de 2011, así como por todas las violaciones y abusos graves
cometidos contra los niños en contravención del derecho internacional aplicable,
como su reclutamiento y utilización, muerte y mutilación, violación, explotación y
abusos sexuales y secuestro, los ataques contra escuelas y hospitales y la denegación
del acceso humanitario, así como su detención arbitraria, enc arcelamiento, tortura y
malos tratos y su utilización como escudos humanos, y observando la labor en curso
del Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad sobre los Niños y los Conflictos
Armados en la República Árabe Siria,
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S/2014/348.
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