A/RES/74/169 Situación de los derechos humanos en la República Árabe Siria de género y la tortura en los centros de detención a los que se hace referencia en los informes de la Comisión de Investigación, entre ellos la Delegación 215, la Delegación 227, la Delegación 235, la Delegación 251, la Subdivisión de Investigación del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea en el aeropuerto militar de Mezzeh y la prisión de Sednaya, así como la práctica denunciada de ahorcamientos masivos por parte del régimen y la presunta matanza de detenidos en hospitales militares, incluidos los hospitales de Tishrin y Harasta, Recordando las declaraciones hechas por el Secretario General, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos en el sentido de que es probable que se hayan cometido crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra en la República Árabe Siria y observando las repetidas ocasiones en que el Alto Comisionado ha alentado al Consejo de Seguridad a remitir la situación a la Cor te Penal Internacional y lamentando que no se haya aprobado un proyecto de resolución 37 pese al amplio apoyo de los Estados Miembros, Pidiendo la inmediata derogación de la Ley núm. 10/2018 y preocupada por la vulneración por el régimen sirio de las viviendas, tierras y propiedades de los sirios, en particular mediante la privación a los sirios desplazados de sus tierras y propiedades en la legislación nacional y medidas similares, que tendrían un efecto negativo considerable en el derecho de los sirios desplazados por el conflicto a reclamar sus bienes y regresar a sus hogares en condiciones de seguridad, de manera voluntaria y digna cuando la situación sobre el terreno lo permita, Expresando preocupación porque las resoluciones del Consejo de Seguridad 2139 (2014), 2165 (2014), 2191 (2014), 2254 (2015), 2258 (2015), 2268 (2016), 2286 (2016), 2393 (2017), 2401 (2018) y 2449 (2018) siguen en gran medida sin aplicarse, y observando la urgente necesidad de intensificar los esfuerzos para resolver la situación humanitaria en la República Árabe Siria, entre otras cosas mediante la protección de los civiles y el acceso humanitario pleno, inmediato, sostenido y sin trabas, Recordando su adhesión a las resoluciones del Consejo de Seguridad 2170 (2014), 2178 (2014) y 2253 (2015), de 17 de diciembre de 2015, Alarmada porque más de 5,6 millones de refugiados, entre ellos más de 3,8 millones de mujeres y niños, se han visto obligados a huir de la República Árabe Siria y porque 13 millones de personas en la República Árabe Siria, de las cuales 6,2 millones son desplazados internos, necesitan asistencia humanitaria urgente, lo que ha dado lugar a la afluencia de refugiados sirios a los países vecinos y otros países de la región y de fuera de la región, y alarmada por el riesgo que esta situación representa para la estabilidad regional e internacional, Expresando su profunda indignación por la muerte de más de 17.000 niños y por los otros muchos que han resultado heridos desde el comienzo de las protestas pacíficas en marzo de 2011, así como por todas las violaciones y abusos graves cometidos contra los niños en contravención del derecho internacional aplicable, como su reclutamiento y utilización, muerte y mutilación, violación, explotación y abusos sexuales y secuestro, los ataques contra escuelas y hospitales y la denegación del acceso humanitario, así como su detención arbitraria, enc arcelamiento, tortura y malos tratos y su utilización como escudos humanos, y observando la labor en curso del Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad sobre los Niños y los Conflictos Armados en la República Árabe Siria, __________________ 37 6/16 S/2014/348. 19-22312

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