Situación de los derechos humanos en la República Árabe Siria
A/RES/74/169
Recordando con seria preocupación las conclusiones formuladas por la
Comisión de Investigación en su informe titulado “Out of sight, out of mind: deaths
in detention in the Syrian Arab Republic”, observando, a este respecto, la emisión de
notificaciones de muerte de personas detenidas por el régimen sirio, lo que constituye
otro indicio de violaciones sistemáticas del derecho internacional de los derechos
humanos y el derecho internacional humanitario, e instando al régimen a que entregue
a las familias los restos mortales de aquellos familiares cuya suerte se ha dado a
conocer, incluidos los que hayan sido ejecutados sumariamente, adopte de inmediato
todas las medidas apropiadas para proteger la vida y los derechos de todas las
personas que actualmente están recluidas o en paradero desconocido y aclare la suerte
de las que siguen desaparecidas o aún se encuentran detenidas, de conformidad con
la resolución 2474 (2019) del Consejo de Seguridad, de 11 de junio de 2019,
Expresando su profundo aprecio por los considerables esfuerzos que han hecho
los países vecinos y otros países de la región para acoger a los sirios, y reconociendo
al mismo tiempo las crecientes consecuencias políticas, socioeconómicas y
financieras de la presencia de grandes poblaciones de refugiados y desplazados en
esos países,
Acogiendo con beneplácito los esfuerzos de las Naciones Unidas y la Liga de
los Estados Árabes y todas las iniciativas diplomáticas para lograr una solución
política a la crisis siria con arreglo al comunicado final del Grupo de Acción para
Siria de 30 de junio de 2012 30 y de conformidad con la resolución 2254 (2015) del
Consejo de Seguridad,
Expresando pleno apoyo a los esfuerzos del Enviado Especial del Secretario
General para Siria por proteger a la población civil y por que se lleve a efecto
cabalmente el proceso político sirio encaminado a establecer una gobernanza creíble,
incluyente y no sectaria, de conformidad con el comunicado final y con las
resoluciones del Consejo de Seguridad 2254 (2015) y 2258 (2015), instando a las
partes sirias a colaborar constructivamente con el Comité Constitucional que allanará
el camino para que pueda negociarse una transición política genuina, observando con
reconocimiento las iniciativas de mediación para facilitar el establecimiento de un
alto el fuego en la República Árabe Siria, como se señala en la resolución 2336 (2016)
del Consejo de Seguridad, y apoyando los esfuerzos para poner fin a la violencia,
expresando al mismo tiempo profunda preocupación por las violaciones, exigiendo
que todas las partes en el alto el fuego en la República Árabe Siria cumplan sus
compromisos, e instando a todos los Estados Miembros, en particular a los miembros
del Grupo Internacional de Apoyo a Siria, a que utilicen su influencia para garantizar
el respeto de esos compromisos y la plena aplicación de esas resoluciones, apoyen los
esfuerzos encaminados a crear las condiciones necesarias para un alto el fuego
duradero y prolongado, que es esencial para lograr una solución política del conflicto
en la República Árabe Siria, y pongan fin a los abusos y violaciones de los derechos
humanos y las violaciones del derecho internacional humanitario, d e carácter
sistemático, generalizado y manifiesto,
1.
Condena enérgicamente las violaciones y los abusos del derecho
internacional de los derechos humanos y las violaciones del derecho internacional
humanitario, de carácter sistemático, generalizado y ma nifiesto, cometidos en la
República Árabe Siria y los ataques indiscriminados y desproporcionados llevados a
cabo en zonas civiles y contra infraestructuras civiles, en particular los ataques contra
instalaciones médicas y escuelas, que siguen cobrándose l a vida de civiles, y exige
que todas las partes cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del derecho
internacional humanitario;
2.
Deplora y condena en los términos más enérgicos la continuación de la
violencia armada por el régimen sirio contra su propio pueblo desde el comienzo de
19-22312
7/16