Situación de los derechos humanos en la República Árabe Siria A/RES/74/169 Recordando con seria preocupación las conclusiones formuladas por la Comisión de Investigación en su informe titulado “Out of sight, out of mind: deaths in detention in the Syrian Arab Republic”, observando, a este respecto, la emisión de notificaciones de muerte de personas detenidas por el régimen sirio, lo que constituye otro indicio de violaciones sistemáticas del derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, e instando al régimen a que entregue a las familias los restos mortales de aquellos familiares cuya suerte se ha dado a conocer, incluidos los que hayan sido ejecutados sumariamente, adopte de inmediato todas las medidas apropiadas para proteger la vida y los derechos de todas las personas que actualmente están recluidas o en paradero desconocido y aclare la suerte de las que siguen desaparecidas o aún se encuentran detenidas, de conformidad con la resolución 2474 (2019) del Consejo de Seguridad, de 11 de junio de 2019, Expresando su profundo aprecio por los considerables esfuerzos que han hecho los países vecinos y otros países de la región para acoger a los sirios, y reconociendo al mismo tiempo las crecientes consecuencias políticas, socioeconómicas y financieras de la presencia de grandes poblaciones de refugiados y desplazados en esos países, Acogiendo con beneplácito los esfuerzos de las Naciones Unidas y la Liga de los Estados Árabes y todas las iniciativas diplomáticas para lograr una solución política a la crisis siria con arreglo al comunicado final del Grupo de Acción para Siria de 30 de junio de 2012 30 y de conformidad con la resolución 2254 (2015) del Consejo de Seguridad, Expresando pleno apoyo a los esfuerzos del Enviado Especial del Secretario General para Siria por proteger a la población civil y por que se lleve a efecto cabalmente el proceso político sirio encaminado a establecer una gobernanza creíble, incluyente y no sectaria, de conformidad con el comunicado final y con las resoluciones del Consejo de Seguridad 2254 (2015) y 2258 (2015), instando a las partes sirias a colaborar constructivamente con el Comité Constitucional que allanará el camino para que pueda negociarse una transición política genuina, observando con reconocimiento las iniciativas de mediación para facilitar el establecimiento de un alto el fuego en la República Árabe Siria, como se señala en la resolución 2336 (2016) del Consejo de Seguridad, y apoyando los esfuerzos para poner fin a la violencia, expresando al mismo tiempo profunda preocupación por las violaciones, exigiendo que todas las partes en el alto el fuego en la República Árabe Siria cumplan sus compromisos, e instando a todos los Estados Miembros, en particular a los miembros del Grupo Internacional de Apoyo a Siria, a que utilicen su influencia para garantizar el respeto de esos compromisos y la plena aplicación de esas resoluciones, apoyen los esfuerzos encaminados a crear las condiciones necesarias para un alto el fuego duradero y prolongado, que es esencial para lograr una solución política del conflicto en la República Árabe Siria, y pongan fin a los abusos y violaciones de los derechos humanos y las violaciones del derecho internacional humanitario, d e carácter sistemático, generalizado y manifiesto, 1. Condena enérgicamente las violaciones y los abusos del derecho internacional de los derechos humanos y las violaciones del derecho internacional humanitario, de carácter sistemático, generalizado y ma nifiesto, cometidos en la República Árabe Siria y los ataques indiscriminados y desproporcionados llevados a cabo en zonas civiles y contra infraestructuras civiles, en particular los ataques contra instalaciones médicas y escuelas, que siguen cobrándose l a vida de civiles, y exige que todas las partes cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional humanitario; 2. Deplora y condena en los términos más enérgicos la continuación de la violencia armada por el régimen sirio contra su propio pueblo desde el comienzo de 19-22312 7/16

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