A/RES/52/22 Página 2 Reconociendo la contribución cada vez mayor de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa al establecimiento y mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales en su región mediante actividades de alerta temprana y diplomacia preventiva, incluidas las actividades del Alto Comisionado para las Minorías Nacionales, gestión de las crisis, control de armamentos y desarme, adopción de medidas de estabilización y rehabilitación después de las crisis, y mediante sus esfuerzos encaminados a apoyar la dimensión económica, así como su papel crucial en la dimensión humana, Recordando los vínculos especiales que existen entre la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y los Asociados Mediterráneos para la Cooperación, Subrayando que sigue siendo importante mejorar la coordinación y la cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, 1. Acoge complacida el informe del Secretario General3; 2. Acoge complacida también el nuevo mejoramiento de la cooperación y la coordinación en el año transcurrido, así como los progresos realizados en la labor común que efectúan sobre el terreno las Naciones Unidas y la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa; 3. Acoge complacida además la Declaración de la Cumbre y las decisiones adoptadas por los Jefes de Estado o de Gobierno de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa el 3 de diciembre de 1996 en Lisboa, en particular la Declaración de Lisboa sobre un modelo común y global de seguridad para Europa para el siglo XXI, incluida la decisión de definir, en una plataforma para la seguridad cooperativa, las modalidades de la cooperación entre la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y otras organizaciones interesadas en la seguridad, y la labor que se viene realizando dentro del marco de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, así como el compromiso de los Estados participantes de considerar la posibilidad de elaborar una carta para la seguridad europea sobre la base de la Declaración de Lisboa; 4. Toma nota con reconocimiento de la decisión 193 del Consejo Permanente de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, de 5 de noviembre de 1997, de establecer, bajo la égida del Consejo Permanente, un representante de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa encargado de la libertad de los medios de información; 5. Toma nota con reconocimiento también de la decisión 194 del Consejo Permanente de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, de 5 de noviembre de 1997, de crear en la secretaría de esa organización el cargo de Coordinador de las actividades económicas y ambientales, lo cual, entre otras cosas, fortalecería la interacción de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa con las organizaciones económicas internacionales pertinentes, las instituciones financieras y las organizaciones que realizan actividades en la esfera del medio ambiente; 3 A/52/450. /...

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