A/HRC/RES/58/23 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 7 de abril de 2025 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 58º período de sesiones 24 de febrero a 4 de abril de 2025 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 4 de abril de 2025 58/23. Defensores de los derechos humanos y tecnologías nuevas y emergentes: protección de los defensores de los derechos humanos, incluidas las defensoras de los derechos humanos, en la era digital El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y otros instrumentos pertinentes, Recordando la resolución 53/144 de la Asamblea General, de 9 de diciembre de 1998, en la que esta aprobó por consenso la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos, comúnmente conocida como Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, y la permanente validez y aplicabilidad de todas sus disposiciones, y reiterando la importancia de la Declaración, así como de su promoción y su aplicación plena y efectiva, Recordando también todas las otras resoluciones anteriores sobre esta cuestión, incluidas sus resoluciones 22/6, de 21 de marzo de 2013, 31/32, de 24 de marzo de 2016, 34/5, de 23 marzo de 2017, 40/11, de 21 de marzo de 2019, 43/16, de 22 de junio de 2020, 49/18, de 1 de abril de 2022, y 52/4, de 3 de abril de 2023, y las resoluciones de la Asamblea General 68/181, de 18 de diciembre de 2013, 70/161, de 17 de diciembre de 2015, 72/247, de 24 de diciembre de 2017, 74/146, de 18 de diciembre de 2019, 76/174, de 16 de diciembre de 2021, y 78/216, de 19 de diciembre de 2023, Afirmando el Pacto Digital Global, aprobado por la Asamblea General en su resolución 79/1, de 22 de septiembre de 2024, y las secciones del Pacto relativas a los objetivos, los principios, los compromisos, las acciones, el seguimiento y el examen en relación con los derechos humanos, Reiterando que todos los derechos humanos y las libertades fundamentales son universales, indivisibles e interdependientes, están relacionados entre sí y deben promoverse y aplicarse de una manera justa y equitativa, y poniendo de relieve que los mismos derechos que se aplican fuera del entorno digital también se aplican en ese entorno, GE.25-05546 (S) 070425 080425

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