Decenio Internacional para la Acción, “El agua, fuente de vida”, 2005-2015,
y nuevas medidas para lograr el desarrollo sostenible de los recursos hídricos
A/RES/69/215
Consejo de Derechos Humanos, en particular las resoluciones 24/18, de 27 de
septiembre de 20132, y 27/7, de 25 de septiembre de 20143,
Recordando también la resolución 1980/67 del Consejo Económico y Social,
de 25 de julio de 1980, relativa a los años y aniversarios internacionales, en cuyo
anexo figuran las directrices y los criterios acordados para la proclamación de años
internacionales, y las resoluciones de la Asamblea General 53/199, de 15 de
diciembre de 1998, y 61/185, de 20 de diciembre de 2006, relativas a la
proclamación de años internacionales,
Recordando además la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo4 y todos sus principios, el Programa 215, el Plan para su ulterior
ejecución6, la Declaración de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible7, el Plan
de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo
Sostenible (Plan de Aplicación de las Decisiones de Johannesburgo)8, el documento
final de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General sobre los Objetivos
de Desarrollo del Milenio9 y los compromisos enunciados en él y el documento final
de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, titulado
“El futuro que queremos”10,
Reconociendo que el agua es un elemento básico del desarrollo sostenible, que
es fundamental para la erradicación de la pobreza y el hambre, indispensable para la
salud y el bienestar humanos y crucial para lograr los Objetivos de Desarrollo del
Milenio y otros importantes objetivos convenidos internacionalmente en materia
económica, social y ambiental,
Reafirmando los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente en
materia de agua y saneamiento, incluidos los Objetivos de Desarrollo del Milenio, y
observando que se ha avanzado respecto del objetivo de reducir a la mitad, para
2015, la proporción de personas sin acceso sostenible al agua potable,
Observando que es necesario acelerar los esfuerzos para reducir a la mitad,
para 2015, el porcentaje de la población que no tiene acceso sostenible a servicios
básicos de saneamiento, y para desarrollar la gestión integrada de los recursos
hídricos y planes de aprovechamiento eficiente de esos recursos a todos los niveles y,
a este respecto, reconociendo la importancia de la cooperación en todos los niveles,
incluido el apoyo a los países en desarrollo, para alcanzar esos objetivos,
Observando también los esfuerzos nacionales, regionales e internacionales
para la aplicación del Año Internacional del Saneamiento, 2008, el Año
_______________
2
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo octavo período de sesiones,
Suplemento núm. 53A (A/68/53/Add.1), cap. III.
3
Ibid., sexagésimo noveno período de sesiones, Suplemento núm. 53A y corrección (A/69/53/Add.1 y
Corr.1), cap. IV.
4
Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de
Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992, vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia (publicación de las
Naciones Unidas, núm. de venta: S.93.I.8 y corrección), resolución 1, anexo I.
5
Ibid., anexo II.
6
Resolución S-19/2, anexo.
7
Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, Johannesburgo (Sudáfrica), 26 de agosto
a 4 de septiembre de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.03.II.A.1 y
correcciones), cap. I, resolución 1, anexo.
8
Ibid., resolución 2, anexo.
9
Resolución 65/1.
10
Resolución 66/288, anexo.
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