Decenio Internacional para la Acción, “El agua, fuente de vida”, 2005-2015, y nuevas medidas para lograr el desarrollo sostenible de los recursos hídricos A/RES/69/215 Consejo de Derechos Humanos, en particular las resoluciones 24/18, de 27 de septiembre de 20132, y 27/7, de 25 de septiembre de 20143, Recordando también la resolución 1980/67 del Consejo Económico y Social, de 25 de julio de 1980, relativa a los años y aniversarios internacionales, en cuyo anexo figuran las directrices y los criterios acordados para la proclamación de años internacionales, y las resoluciones de la Asamblea General 53/199, de 15 de diciembre de 1998, y 61/185, de 20 de diciembre de 2006, relativas a la proclamación de años internacionales, Recordando además la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo4 y todos sus principios, el Programa 215, el Plan para su ulterior ejecución6, la Declaración de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible7, el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (Plan de Aplicación de las Decisiones de Johannesburgo)8, el documento final de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio9 y los compromisos enunciados en él y el documento final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, titulado “El futuro que queremos”10, Reconociendo que el agua es un elemento básico del desarrollo sostenible, que es fundamental para la erradicación de la pobreza y el hambre, indispensable para la salud y el bienestar humanos y crucial para lograr los Objetivos de Desarrollo del Milenio y otros importantes objetivos convenidos internacionalmente en materia económica, social y ambiental, Reafirmando los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente en materia de agua y saneamiento, incluidos los Objetivos de Desarrollo del Milenio, y observando que se ha avanzado respecto del objetivo de reducir a la mitad, para 2015, la proporción de personas sin acceso sostenible al agua potable, Observando que es necesario acelerar los esfuerzos para reducir a la mitad, para 2015, el porcentaje de la población que no tiene acceso sostenible a servicios básicos de saneamiento, y para desarrollar la gestión integrada de los recursos hídricos y planes de aprovechamiento eficiente de esos recursos a todos los niveles y, a este respecto, reconociendo la importancia de la cooperación en todos los niveles, incluido el apoyo a los países en desarrollo, para alcanzar esos objetivos, Observando también los esfuerzos nacionales, regionales e internacionales para la aplicación del Año Internacional del Saneamiento, 2008, el Año _______________ 2 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo octavo período de sesiones, Suplemento núm. 53A (A/68/53/Add.1), cap. III. 3 Ibid., sexagésimo noveno período de sesiones, Suplemento núm. 53A y corrección (A/69/53/Add.1 y Corr.1), cap. IV. 4 Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992, vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.93.I.8 y corrección), resolución 1, anexo I. 5 Ibid., anexo II. 6 Resolución S-19/2, anexo. 7 Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, Johannesburgo (Sudáfrica), 26 de agosto a 4 de septiembre de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.03.II.A.1 y correcciones), cap. I, resolución 1, anexo. 8 Ibid., resolución 2, anexo. 9 Resolución 65/1. 10 Resolución 66/288, anexo. 2/4

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