A/HRC/47/26
una sinopsis de las principales lagunas en la legislación sobre la violación13; Amnistía
Internacional formuló recomendaciones para la Corte Penal Internacional y un resumen de la
situación en Europa14; International Women's Rights Action Watch Asia Pacific se centró en
las normas de derechos humanos en la legislación nacional15; y Sisters For Change redactó
un informe sobre la tipificación de la violación conyugal y la violencia sexual en todo el
Commonwealth16.
15.
Muchos organismos de derechos humanos de las Naciones Unidas y regionales han
elaborado importantes orientaciones sobre las normas aplicables a la violencia contra la
mujer, pero no existe ningún informe temático global y específico sobre la violación como
una vulneración de los derechos humanos. Habida cuenta de ello, y en reconocimiento del
cambio general en la percepción y en el rechazo público de la violencia sexual y la violación
—que aún no ha ido acompañado de las modificaciones jurídicas necesarias de las leyes
penales, en su mayoría conservadoras, a nivel nacional—, la Relatora Especial decidió
dedicar el presente informe al tema de la violación como una vulneración de los derechos
humanos, centrándose en la responsabilidad de los Estados de prevenirla y erradicarla.
16.
Aunque muchas de las recomendaciones formuladas por la Relatora Especial en el
presente informe también se aplican a la tipificación y el enjuiciamiento de otras formas de
violencia sexual, este se centra específicamente en la violación para reflejar los avances a
escala internacional que también la han distinguido de otros tipos de violencia sexual y han
definido sus elementos constitutivos. Si bien en algunos Estados la violación se tipifica como
una forma de agresión sexual, ampliada a partir de las antiguas definiciones restringidas de
violación, esas diferencias terminológicas no son un obstáculo para las comparaciones
relacionadas con la armonización de sus elementos constitutivos con miras a su definición,
tipificación y enjuiciamiento. Al centrarse en la violación, el informe también conecta los
elementos constitutivos de su definición con otras disposiciones igualmente importantes del
derecho penal, como las circunstancias atenuantes, los plazos de prescripción y la edad de
consentimiento sexual, así como con disposiciones procesales penales sobre la protección de
las víctimas/sobrevivientes, a fin de abordarlas como disposiciones interrelacionadas del
marco jurídico necesario para la tipificación efectiva de la violación.
17.
Para la preparación del informe, el 27 de mayo de 2020 la Relatora Especial celebró
una reunión en línea con el grupo de expertos, en colaboración con Equality Now. El
resultado de esa reunión fue un informe sobre la violación como una vulneración grave y
sistemática de los derechos humanos y la violencia de género contra la mujer, que
complementa el presente informe17.
18.
A fin de reunir información sobre la tipificación actual de la violación en la legislación
nacional, la Relatora Especial distribuyó un cuestionario a los Estados y otras partes
interesadas el 9 de abril de 202018. Las 207 respuestas recibidas, unidas a la información
disponible públicamente, ponen de manifiesto las importantes lagunas existentes entre las
obligaciones de los Estados y las normas internacionales de derechos humanos en materia de
violación19.
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4
Equality Now, The World’s Shame: The Global Rape Epidemic – How Laws Around the World Are
Failing to Protect Women and Girls from Sexual Violence (2017).
Amnistía Internacional, “Rape and sexual violence: human rights law and standards in the
International Criminal Court” (2008) y “Right to be free from rape: overview of legislation and state
of play in Europe and international human rights standards” (2018).
International Women’s Rights Action Watch Asia Pacific, Addressing Rape as a Human Rights
Violation: The Role of International Human Rights Norms and Instruments (Kuala Lumpur, 2007).
Sisters For Change, The Criminalisation of Marital Rape and Intimate Partner Sexual Violence
across the Commonwealth (Londres, 2019).
Puede consultarse en http://www.ohchr.org/Documents/Issues/Women/SR/Call_on_Rape/EGM_ENSR_Report.pdf.
El cuestionario y las respuestas recibidas pueden consultarse en http://www.ohchr.org/EN/Issues/
Women/SRWomen/Pages/SRVAW.aspx.
La Relatora Especial está profundamente agradecida a todos los que respondieron al cuestionario,
muchos de los cuales fueron más allá de las preguntas, y a Christine Chinkin y Jane Connors, que
aportaron sus comentarios sobre el proyecto de informe.
GE.21-05162