A/RES/61/121 A-B
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POLÍTICAS Y ACTIVIDADES DE INFORMACIÓN PÚBLICA
DE LAS N ACIONES UNIDAS
La Asamblea General,
Destacando la función del Comité de Información como su principal órgano
subsidiario encargado de hacer recomendaciones acerca de la labor del Departamento
de Información Pública de la Secretaría,
Reafirmando su resolución 13 (I), de 13 de febrero de 1946, por la que se
estableció el Departamento, en cuyo párrafo 2 del anexo I se afirma que “las labores
del Departamento de Información Pública [deben ser] ... organizadas y dirigidas de
tal manera que se pueda fomentar, en todos los pueblos del mundo, la mayor
comprensión posible de las labores y los fines de las Naciones Unidas”,
Recalcando que la información pública y las comunicaciones deberían ocupar
un lugar central en la gestión estratégica de las Naciones Unidas y de que en todos
los niveles de la Organización debería existir una cultura de las comunicaciones y la
transparencia, como medio de informar plenamente a los pueblos del mundo acerca
de los objetivos y las actividades de las Naciones Unidas, de conformidad con los
propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, a fin de
crear un apoyo mundial de amplia base para las Naciones Unidas,
Haciendo hincapié en que la misión primordial del Departamento de Información
Pública es, mediante sus actividades de divulgación, proporcionar al público
información precisa, imparcial, amplia, oportuna y pertinente sobre las tareas y
obligaciones que tienen las Naciones Unidas, a fin de fortalecer el apoyo internacional
a las actividades de la Organización con la mayor transparencia,
Recordando el examen amplio de la labor del Departamento de Información
Pública, solicitado por la Asamblea General en su resolución 56/253, de
24 de diciembre de 2001, así como el informe del Secretario General titulado
“Fortalecimiento de las Naciones Unidas: un programa para profundizar el cambio”4
y las resoluciones de la Asamblea 57/300, de 20 de diciembre de 2002, y 60/109 B,
de 8 de diciembre de 2005, que brindaron la oportunidad de adoptar las medidas
necesarias para mejorar la eficiencia y eficacia del Departamento y de utilizar al
máximo sus recursos,
Expresando su preocupación por el hecho de que hayan seguido aumentando
las diferencias entre los países desarrollados y en desarrollo en lo relativo a la
tecnología de la información y las comunicaciones y por el hecho de que grandes
sectores de la población de los países en desarrollo no se beneficien de la actual
tecnología de la información y las comunicaciones y, a ese respecto, subrayando la
necesidad de corregir los desequilibrios del estado actual de la tecnología de la
información y las comunicaciones a fin de hacerlo más justo, equitativo y eficaz,
Reconociendo que los avances en la tecnología de la información y las
comunicaciones abren nuevas y grandes oportunidades de crecimiento económico y
desarrollo social y pueden cumplir un papel importante en la erradicación de la
pobreza en los países en desarrollo y, al mismo tiempo, haciendo hincapié en que el
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A/57/387 y Corr.1.
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