A/RES/49/251 Página 2 Habiendo examinado además el informe del Secretario General sobre la financiación del Tribunal Internacional para Rwanda 1/ y las observaciones y recomendaciones conexas presentadas por el Presidente de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 2/, Teniendo en cuenta los opiniones manifestadas por los Estados Miembros en la Quinta Comisión de la Asamblea General 3/, 1. Hace suyas las observaciones y recomendaciones de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto, presentadas por su Presidente 2/, con sujeción a las disposiciones de la presente resolución; 2. Destaca la importancia de garantizar la financiación segura y estable del Tribunal Penal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de genocidio y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de Rwanda y de los ciudadanos rwandeses presuntamente responsables de genocidio y otras violaciones de esa naturaleza cometidas en el territorio de Estados vecinos entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 1994 a fin de que pueda desempeñar sus funciones de manera plena y eficaz; 3. Decide que los gastos del Tribunal se deberán sufragar con recursos adicionales obtenidos mediante cuotas y se han de financiar utilizando una cuenta especial separada, sin cargo al presupuesto ordinario; 4. Decide también consignar en la cuenta especial para el Tribunal Internacional para Rwanda la suma total de 13.467.300 dólares de los Estados Unidos en cifras brutas (12.914.900 dólares en cifras netas) para el período que terminará el 31 de octubre de 1995, la cual incluye la suma de 2.914.900 dólares por la que la Comisión Consultiva autorizó a contraer compromisos de gastos; 5. Decide además, como medida especial y excepcional, que, no obstante lo dispuesto en el párrafo 12 de la resolución 49/20 B de la Asamblea General, de 12 de julio de 1995, los Estados Miembros renunciarán a las partes que les correspondan de los créditos por un total de 6.733.650 dólares en cifras brutas (6.457.450 dólares en cifras netas) resultantes de presupuestos anteriores de la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas a Rwanda y, por consiguiente, aceptarán un aumento equivalente de la misma suma en las cuotas para un ejercicio presupuestario futuro de la Misión de Asistencia, y que esa suma se transfiera de la cuenta especial establecida para la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas a Rwanda a la cuenta especial para el Tribunal Internacional para Rwanda; 6. Decide prorratear entre los Estados Miembros la suma de 6.733.650 dólares en cifras brutas (6.457.450 dólares en cifras netas) para el período que terminará el 31 de octubre de 1995, mediante la aplicación de la escala de cuotas para el año 1995 establecida por la Asamblea General en su resolución 49/19 B, de 23 de diciembre de 1994; 7. Decide también que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), de 15 de diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas __________ 1/ A/C.5/49/68. 2/ Véase A/C.5/49/SR.65. 3/ Véase A/C.5/49/SR.65 y 66. /...

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