A/RES/49/251
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Habiendo examinado además el informe del Secretario General sobre la
financiación del Tribunal Internacional para Rwanda 1/ y las observaciones y
recomendaciones conexas presentadas por el Presidente de la Comisión
Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 2/,
Teniendo en cuenta los opiniones manifestadas por los Estados Miembros
en la Quinta Comisión de la Asamblea General 3/,
1.
Hace suyas las observaciones y recomendaciones de la Comisión
Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto, presentadas por su
Presidente 2/, con sujeción a las disposiciones de la presente resolución;
2.
Destaca la importancia de garantizar la financiación segura y
estable del Tribunal Penal Internacional para el enjuiciamiento de los
presuntos responsables de genocidio y otras violaciones graves del derecho
internacional humanitario cometidas en el territorio de Rwanda y de los
ciudadanos rwandeses presuntamente responsables de genocidio y otras
violaciones de esa naturaleza cometidas en el territorio de Estados vecinos
entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 1994 a fin de que pueda
desempeñar sus funciones de manera plena y eficaz;
3.
Decide que los gastos del Tribunal se deberán sufragar con
recursos adicionales obtenidos mediante cuotas y se han de financiar
utilizando una cuenta especial separada, sin cargo al presupuesto ordinario;
4.
Decide también consignar en la cuenta especial para el Tribunal
Internacional para Rwanda la suma total de 13.467.300 dólares de los Estados
Unidos en cifras brutas (12.914.900 dólares en cifras netas) para el período
que terminará el 31 de octubre de 1995, la cual incluye la suma de 2.914.900
dólares por la que la Comisión Consultiva autorizó a contraer compromisos de
gastos;
5.
Decide además, como medida especial y excepcional, que, no
obstante lo dispuesto en el párrafo 12 de la resolución 49/20 B de la Asamblea
General, de 12 de julio de 1995, los Estados Miembros renunciarán a las partes
que les correspondan de los créditos por un total de 6.733.650 dólares en
cifras brutas (6.457.450 dólares en cifras netas) resultantes de presupuestos
anteriores de la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas a Rwanda y, por
consiguiente, aceptarán un aumento equivalente de la misma suma en las cuotas
para un ejercicio presupuestario futuro de la Misión de Asistencia, y que esa
suma se transfiera de la cuenta especial establecida para la Misión de
Asistencia de las Naciones Unidas a Rwanda a la cuenta especial para el
Tribunal Internacional para Rwanda;
6.
Decide prorratear entre los Estados Miembros la suma de 6.733.650
dólares en cifras brutas (6.457.450 dólares en cifras netas) para el período
que terminará el 31 de octubre de 1995, mediante la aplicación de la escala de
cuotas para el año 1995 establecida por la Asamblea General en su resolución
49/19 B, de 23 de diciembre de 1994;
7.
Decide también que, de conformidad con lo dispuesto en su
resolución 973 (X), de 15 de diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas
__________
1/ A/C.5/49/68.
2/ Véase A/C.5/49/SR.65.
3/ Véase A/C.5/49/SR.65 y 66.
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