A/RES/49/251
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resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el párrafo 6
supra las partes que les correspondan, en el Fondo de Nivelación de Impuestos,
de los ingresos por concepto de contribuciones del personal, estimados en
552.400 dólares, aprobados para el Tribunal Internacional para Rwanda para el
período que terminará el 31 de octubre de 1995;
8.
Decide además que, no obstante lo dispuesto en el párrafo 12 de la
resolución 49/20 B de la Asamblea General, las consignaciones para el período
comprendido entre el 1º de noviembre y el 31 de diciembre de 1995 y para el
bienio 1996-1997 con cargo a la cuenta especial mencionada en el párrafo 3
supra, cuya cuantía se determinará en el quincuagésimo período de sesiones de
la Asamblea General, se financiarán asimismo con arreglo a las modalidades de
financiación indicadas en los párrafos 5 y 6 supra;
9.
Decide volver a examinar el informe del Secretario General 1/ en
su quincuagésimo período de sesiones, junto con información actualizada sobre
el establecimiento del Tribunal Internacional para Rwanda y las necesidades
conexas;
10.
Pide al Secretario General que presente a la Asamblea General en
su quincuagésimo período de sesiones un informe sobre las necesidades del
Tribunal Internacional para Rwanda en el bienio 1996-1997;
11.
Autoriza al Secretario General a que tome las disposiciones
necesarias, entre ellas la firma de un acuerdo de arrendamiento y de contratos
de construcción de los locales del Tribunal Internacional para Rwanda y la
concesión de contratos de hasta 12 meses a su personal, a fin de que disponga
de instalaciones adecuadas y de los recursos de personal necesarios, y a que
informe a la Asamblea General al respecto;
12.
Acoge con satisfacción las contribuciones que ya se han efectuado
al fondo de contribuciones voluntarias en apoyo de las actividades del
Tribunal Internacional para Rwanda establecido por la resolución 955 (1994)
del Consejo de Seguridad e invita a los Estados Miembros y a otras partes
interesadas a efectuar contribuciones voluntarias para el Tribunal
Internacional tanto en efectivo como en forma de servicios y suministros
aceptables para el Secretario General;
13.
Decide volver a examinar las modalidades de financiación del
Tribunal Internacional para Rwanda en su quincuagésimo segundo período de
sesiones;
14.
Pide al Secretario General que presente un informe sobre la
ejecución del presupuesto al final de cada bienio, pero a más tardar en mayo
de 1996 y mayo de 1998, respectivamente;
15.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo
período de sesiones el tema titulado "Financiación del Tribunal Penal
Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de
genocidio y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario
cometidas en el territorio de Rwanda y de los ciudadanos rwandeses
presuntamente responsables de genocidio y otras violaciones de esa naturaleza
cometidas en el territorio de Estados vecinos entre el 1º de enero y el 31 de
diciembre de 1994".
106ª sesión plenaria
20 de julio de 1995