A/RES/59/298
4.
Decide aprobar la propuesta del Secretario General de que el próximo
Grupo de Trabajo sobre el equipo de propiedad de los contingentes, que se reunirá
en 2008 durante un período no inferior a catorce días laborables, emprenda un
examen amplio del sistema de equipo de propiedad de los contingentes, según los
formatos establecidos por el Grupo de Trabajo de la fase V;
Insta al Secretario General a que estudie la posibilidad de que el Grupo
5.
de Trabajo se reúna antes de 2008, de ser factible;
6.
Decide que el próximo Grupo de Trabajo sobre el equipo de propiedad de
los contingentes tenga en cuenta, sin perjuicio del examen amplio del sistema de
equipo de propiedad de los contingentes, al recomendar cualquier revisión de las
tasas de reembolso por concepto de equipo de propiedad de los contingentes y
autonomía logística, el hecho de que no se revisaron las tasas para el período
2004-2008 debido a la falta de consenso sobre un aumento de las tasas y sobre la
metodología del Grupo de Trabajo de 2004;
Observa que, además de mantener todos los componentes de la
7.
metodología actualmente en vigor, el Secretario General propuso incluir los gastos
de adiestramiento relacionados con las operaciones de mantenimiento de la paz y los
gastos de apoyo médico posteriores al despliegue en la metodología de reembolso a
los países que aportan contingentes;
Lamenta que el Grupo de Trabajo de 2004 sobre el equipo de propiedad
8.
de los contingentes no haya podido llegar a un consenso sobre los componentes
que se habrían de incluir en la metodología para el reembolso de los gastos de los
contingentes;
Observa que en el informe del Secretario General sobre las tasas de
9.
reembolso a los gobiernos de los países que aportan contingentes 4 no se abordaron
todos los elementos de la petición formulada en el párrafo 8 de su resolución
55/274;
10. Reitera la petición que figura en el párrafo 8 de su resolución 55/274 y
pide al Secretario General que le presente, en su sexagésimo período de sesiones, un
examen amplio al respecto, en el que se aborden todos los elementos;
11. Señala que el Secretario General, al preparar el informe mencionado,
podrá recurrir, según proceda, a expertos externos;
12. Decide examinar las dietas de los contingentes en la continuación de su
sexagésimo período de sesiones, sobre la base de la información que se presente en
el contexto del informe amplio mencionado en el párrafo 10 supra;
13. Decide también establecer un canal de comunicación entre la Secretaría y
los Estados Miembros sobre el sistema de equipo de propiedad de los contingentes,
estrictamente para el intercambio de información y para esclarecer cuestiones y no
para adoptar decisiones que competen al Grupo de Trabajo sobre el equipo de
propiedad de los contingentes y a los órganos intergubernamentales pertinentes.
104ª sesión plenaria
22 de junio de 2005
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4
2
A/57/774.
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