A/RES/67/16
transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción 8, cooperar plenamente
con el Programa de desactivación de minas coordinado por las Naciones Unidas y
eliminar todas las existencias, conocidas o nuevas, de minas terrestres antipersonal,
y reconoce la necesidad de que la comunidad internacional siga prestando asistencia
en este ámbito;
26. Acoge con beneplácito también los progresos realizados por el Gobierno
de Afganistán en el cumplimiento de sus obligaciones relativas a las minas, incluida
la asistencia a las víctimas, la limpieza de zonas contaminadas con minas terrestres
y de restos de municiones en racimo, la destrucción de arsenales y las medidas de
concienciación y reducción de riesgos, y subraya la importancia de seguir
avanzando a este respecto;
Paz, reconciliación y reintegración
27. Acoge con beneplácito los constantes esfuerzos del Gobierno del
Afganistán para llevar adelante el proceso de paz y reconciliación, en particular
mediante el Consejo Superior de la Paz y la ejecución del Programa de Paz y
Reintegración del Afganistán, a fin de promover un diálogo inclusivo, dirigido por
los afganos sobre la reconciliación y la participación política sobre el diálogo con
todos quienes renuncien a la violencia, no tengan vínculos con organizaciones
terroristas internacionales, entre ellas Al-Qaida, respeten la Constitución, incluidas
sus disposiciones sobre derechos humanos, en particular los derechos de la mujer, y
estén dispuestos a colaborar en la construcción de un Afganistán en paz, tal como se
enunció en el comunicado de la Conferencia de Kabul, celebrada el 20 de julio de
2010, y se formuló con más detalle en los principios y resultados consignados en las
conclusiones de la Conferencia de Bonn, con el apoyo del Gobierno y la comunidad
internacional, respetando plenamente la aplicación de las medidas y los
procedimientos adoptados por el Consejo de Seguridad en las resoluciones
1267 (1999) y 1988 (2011), así como en las demás resoluciones pertinentes del
Consejo, exhortando a todos los Estados pertinentes a que sigan participando en el
proceso de paz, y reconociendo las consecuencias que tienen los ataques terroristas
en el pueblo afgano y el riesgo para las perspectivas futuras de un acuerdo de paz;
28. Reitera su firme compromiso de apoyar al Gobierno del Afganistán en
sus esfuerzos por impulsar el proceso de paz y reconciliación, de conformidad con
el comunicado de la Conferencia de Kabul y las conclusiones de la Conferencia de
Bonn, y en el marco de la Constitución afgana y la aplicación de los procedimientos
establecidos por el Consejo de Seguridad en la resolución 1988 (2011) y otras
resoluciones pertinentes del Consejo;
29. Acoge con beneplácito el nombramiento del nuevo Presidente del
Consejo Superior de la Paz en abril de 2012 como un paso importante en el proceso
de paz y reconciliación dirigido y protagonizado por los afganos;
30. Exhorta a todos los Estados y organizaciones internacionales pertinentes
a que sigan participando en el proceso de paz dirigido por los propios afganos y
reconoce las consecuencias que tienen los atentados terroristas para el pueblo del
Afganistán y el riesgo que representan para las perspectivas futuras de un acuerdo
de paz;
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Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2056, núm. 35597.
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