A/RES/54/193
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4. Decide además que el personal y las propiedades de la Misión Civil Internacional en Haití y la
Misión de Policía Civil de las Naciones Unidas en Haití se transferirán a la Misión Civil Internacional de
Apoyo en Haití en la forma que convenga;
5. Decide, en atención a la solicitud del Gobierno de Haití, que la Misión Civil Internacional de
Apoyo en Haití tendrá, de conformidad con las recomendaciones del Secretario General, el siguiente
mandato:
a) Apoyar el proceso de democratización y prestar asistencia a las autoridades de Haití en el
desarrollo de las instituciones democráticas;
b) Prestar asistencia a las autoridades de Haití en la reforma y el fortalecimiento del sistema judicial
de Haití, especialmente sus instituciones penales, y promover la Oficina del Defensor del Pueblo;
c) Apoyar los esfuerzos del Gobierno de Haití por conseguir la profesionalización de la Policía
Nacional de Haití mediante un programa especial de capacitación y asistencia técnica y ayudar al Gobierno
a coordinar la asistencia bilateral y multilateral en esa esfera;
d) Apoyar los esfuerzos del Gobierno de Haití encaminados a la plena observancia de los derechos
humanos y las libertades fundamentales;
e) Prestar asistencia técnica para la organización de elecciones democráticas y colaborar con el
Gobierno de Haití en la coordinación de la asistencia bilateral y multilateral;
6. Destaca la importancia de la plena coordinación y transparencia, también entre los contribuyentes
multilaterales y bilaterales, y, en ese contexto, decide que el Representante del Secretario General y Jefe
de la Misión tendrá la autoridad general sobre todas las actividades de las Naciones Unidas en Haití y,
según convenga, coordinará las actividades de la comunidad internacional y facilitará su diálogo continuo
con los principales agentes políticos y sociales de Haití, asistido por un comité de representantes de los
que proporcionan policías y los donantes internacionales y en estrecho contacto con el Gobierno de Haití;
7. Hace suyas las recomendaciones del Consejo Económico y Social contenidas en la resolución
1999/11, entre otras cosas, su petición de que el Secretario General, en consulta con el Gobierno de Haití
y utilizando la presencia de las Naciones Unidas existente en Haití, adopte las medidas necesarias para
elaborar, con carácter prioritario, una estrategia y un programa a largo plazo en apoyo a Haití;
8. Recomienda que el Coordinador Residente de las Naciones Unidas siga desempeñando la función
de adjunto del Representante del Secretario General y que siga utilizando el sistema de coordinadores
residentes y especialmente que se realice una evaluación común de la situación del país y se prepare un
marco de las Naciones Unidas de asistencia para el desarrollo a fin de contribuir a la formulación de un
programa de desarrollo eficaz en el que participen todas las organizaciones pertinentes del sistema de las
Naciones Unidas;
9. Pide al Secretario General que coordine con el Gobierno de Haití y los Estados Miembros
interesados las modalidades para conseguir apoyo de la comunidad internacional para los procesos
electorales en curso en Haití y, en ese contexto, pide al Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo que continúe su labor en relación con el apoyo a los procesos electorales en Haití;
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