A/RES/69/148
Intensificación de los esfuerzos para erradicar la fístula obstétrica
conciencia sobre las necesidades de las mujeres y las niñas embarazadas, así como
de aquellas que se han sometido a intervenciones quirúrgicas de reparación de una
fístula, incluido su derecho al más alto nivel posible de salud, en particular la salud
sexual y reproductiva, mediante la colaboración con dirigentes comunitarios y
religiosos, parteros tradicionales, mujeres y niñas que han sufrido esa afección,
medios de comunicación, trabajadores sociales, la sociedad civil, organizaciones de
mujeres, personalidades públicas influyentes y responsables de formular políticas;
l)
Mejorar la participación de los hombres y los adolescentes varones en la
intensificación de los esfuerzos para erradicar la fístula obstétrica y reforzar su
participación como asociados, en particular en la Campaña para Erradicar la Fístula;
m) Fortalecer las actividades de sensibilización y promoción, incluso a
través de los medios de comunicación, para transmitir efectivamente a las familias y
las comunidades mensajes clave sobre la prevención y el tratamiento de la fístula y
la reintegración social;
n)
Reforzar los sistemas de investigación, supervisión y evaluación, por
ejemplo, desarrollando un mecanismo basado en la comunidad y en las instalaciones
de atención de la salud para la notificación sistemática a los ministerios de salud de
los casos de fístula obstétrica y de muerte materna y neonatal y su inscripción en un
registro nacional, y reconociendo que la fístula obstétrica es una afección que debe
notificarse a nivel nacional para dar lugar a un proceso inmediato de presentación de
información, rastreo y seguimiento de los casos con el fin de orientar la elaboración
y ejecución de programas de salud materna;
o)
Fortalecer las actividades de investigación, reunión de datos, supervisión
y evaluación para orientar la planificación y ejecución de programas de salud
materna, incluidos los relativos a la fístula obstétrica, mediante evaluaciones
actualizadas de las necesidades en materia de atención obstétrica y neonatal de
emergencia y en lo referente a la fístula, y exámenes regulares de los casos de
muerte materna y de complicaciones cercanas a la muerte, como parte de un sistema
de vigilancia de la mortalidad materna y de respuesta a ella, integrado en los
sistemas nacionales de información sobre la salud;
p)
Mejorar la reunión de datos, antes y después de la cirugía, para medir los
progresos logrados en lo que respecta a las necesidades de tratamiento quirúrgico y
la calidad de los servicios de cirugía, rehabilitación y reintegración socioeconómica,
incluidas las perspectivas de embarazo exitoso, de nacidos vivos y de
complicaciones de salud graves después de la intervención quirúrgica, con el fin de
hacer frente a los problemas que impiden mejorar la salud materna;
q)
Ofrecer a las mujeres y las niñas servicios, equipos y suministros
esenciales de salud, capacitación y proyectos generadores de ingresos para que
puedan salir del ciclo de la pobreza;
13. Reconoce la necesidad urgente de intensificar los esfuerzos para erradicar
la fístula obstétrica y, en ese contexto, la importancia de tener debidamente en
cuenta esta cuestión al elaborar la agenda para el desarrollo después de 2015;
14. Invita a los Estados Miembros a que contribuyan a los esfuerzos por
erradicar la fístula obstétrica, en particular a través de la Campaña para Erradicar la
Fístula, como parte de las iniciativas por lograr el quinto Objetivo de Desarrollo del
Milenio a más tardar en 2015, y a que se comprometan a seguir desplegando
esfuerzos para mejorar la salud materna con posterioridad a 2015 con el fin de
eliminar la fístula obstétrica en todo el mundo;
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