Asistencia a los refugiados, los repatriados y los desplazados en África
A/RES/73/150
desplazados internos en África en 2018 y 2019, aun cuando no ha habido una
disminución apreciable del número de refugiados;
33. Exhorta a la comunidad internacional de donantes a que proporcione
asistencia material y financiera para ejecutar programas destinados a reparar el
deterioro de la infraestructura y el medio ambiente causado por la presencia de
refugiados en los países de asilo y de desplazados internos, según proceda;
34. Insta a la comunidad internacional a que, con espíritu de solidaridad
internacional y reparto de la carga, continúe financiando generosamente los
programas de ayuda a los refugiados de la Oficina del Alto Comisionado y otras
organizaciones humanitarias pertinentes y asegure que África reciba una parte justa y
equitativa de los recursos destinados a los refugiados, teniendo en cuenta que las
necesidades de los programas en África han aumentado considerablemente como
consecuencia, entre otras cosas, de las posibilidades de repatriación;
35. Alienta a la Oficina del Alto Comisionado y a los Estados interesados a
que determinen qué situaciones de presencia prolongada de refugiados podrían
prestarse a una solución basada en la adopción de enfoques específicos, multilaterales,
integrales y prácticos para resolver ese tipo de situaciones, por medios como un mejor
reparto de la carga y la responsabilidad a nivel internacional y la puesta en práctic a
de soluciones duraderas, en un contexto multilateral, y recuerda que esas soluciones
incluyen la repatriación voluntaria y, cuando proceda y sea posible, la integración
local y el reasentamiento en un tercer país, reafirmando al mismo tiempo que la
solución preferible sigue siendo la repatriación voluntaria, apoyada, cuando sea
necesario, por la rehabilitación y la asistencia para el desarrollo para facilitar la
reintegración sostenible;
36. Recuerda la necesidad de reflexionar sobre estrategias eficace s para
asegurar protección y asistencia adecuadas a las personas desplazadas en su propio
país y para prevenir y reducir esos desplazamientos, y a este respecto alienta al
Secretario General a que trabaje con los Estados Miembros y el sistema de las
Naciones Unidas con el fin de estudiar la manera de abordar mejor las necesidades a
largo plazo de esas personas, apoyar a las comunidades que las acogen y mejorar la
vida de los muchos millones de personas desplazadas en su propio país;
37. Expresa gran preocupación por la penosa situación de los desplazados
internos en África, acoge con beneplácito los esfuerzos de los Estados de África por
fortalecer los mecanismos regionales de protección y asistencia a las personas
desplazadas en su propio país, exhorta a los Estados a que tomen medidas concretas
para prevenir los desplazamientos internos y hacer frente a las necesidades de
protección y asistencia de las personas desplazadas, y recuerda a ese respecto los
Principios Rectores de los Desplazamientos Internos 14, observa las actividades que
viene realizando la Oficina del Alto Comisionado en relación con la protección y la
asistencia a las personas desplazadas en su propio país, en contextos como el de los
acuerdos entre organismos en esa esfera, pone de relieve que esas actividades deben
estar en consonancia con las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y no
deben debilitar el mandato de la Oficina en materia de refugiados ni la institución del
asilo, y alienta al Alto Comisionado a que prosiga el diálo go con los Estados sobre el
papel de su Oficina a este respecto;
38. Acoge con beneplácito los esfuerzos realizados por el Alto Comisionado
por mejorar la coordinación con los Estados Miembros y con otros organismos de las
Naciones Unidas;
39. Alienta a los Estados de África, junto con los agentes humanitarios y de
desarrollo, a que trabajen estrechamente en la elaboración de estrategias plurianuales
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18-22203
E/CN.4/1998/53/Add.2, anexo.
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