A/RES/56/217 17. Pide al Secretario General que adopte las medidas necesarias que incumban a su competencia para velar por que las cuestiones de seguridad sean parte integrante de la planificación de las operaciones en curso y recién creadas de las Naciones Unidas y que dichas precauciones se hagan extensivas a todo el personal de las Naciones Unidas y su personal asociado; 18. Pide también al Secretario General que tome las medidas necesarias para que el personal de la Naciones Unidas y otras personas que llevan a cabo actividades en cumplimiento del mandato de una operación de las Naciones Unidas reciban información adecuada sobre las condiciones en que están llamados a actuar, incluso las costumbres y tradiciones pertinentes del país anfitrión, y las normas que han de cumplir, incluidas las normas pertinentes del derecho nacional e internacional, y se les imparta una formación adecuada en seguridad, derechos humanos y derecho internacional humanitario, a fin de mejorar su seguridad y eficacia en el cumplimiento de sus funciones, y reafirma la necesidad de que todas las demás organizaciones humanitarias presten apoyo análogo a su personal; 19. Subraya la necesidad de seguir examinando la seguridad del personal de asistencia humanitaria de contratación local, que constituyen la mayoría de las bajas, y del personal de las Naciones Unidas y el personal asociado; 20. Pide a la Oficina del Coordinador de Asuntos de Seguridad de las Naciones Unidas que siga desempeñando una función central en la promoción de la cooperación entre los organismos, fondos y programas en la planificación y aplicación de medidas encaminadas a elevar la capacitación y la conciencia del personal en materia de seguridad; 21. Destaca la necesidad de que todos los funcionarios de las Naciones Unidas reciban capacitación adecuada en materia de seguridad, incluso capacitación física y psicológica, antes de su despliegue sobre el terreno y de que se conceda alta prioridad a mejorar los servicios de asesoramiento al personal de las Naciones Unidas sobre control del estrés y el trauma, incluso mediante la puesta en práctica de un amplio programa de capacitación sobre gestión de seguridad y control del estrés y el trauma, apoyo y asistencia destinado al personal de todo el sistema de las Naciones Unidas, antes, durante y después de las misiones, y la necesidad de proporcionar al Secretario General los medios necesarios para conseguir este objetivo; 22. Alienta a todos los Estados a contribuir al Fondo Fiduciario para la seguridad del personal del sistema de las Naciones Unidas; 23. Reafirma la necesidad de fortalecer la Oficina del Coordinador de Asuntos de Seguridad de las Naciones Unidas y, a ese respecto, reitera que es necesario nombrar un Coordinador de Asuntos de Seguridad de dedicación exclusiva, de la categoría conveniente, a fin de que la Oficina pueda mejorar su capacidad para el desempeño de sus funciones, en consulta con la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de la Secretaría y los organismos pertinentes que forman parte del Comité Permanente entre Organismos, y pide que se examine lo antes posible esta recomendación; 24. Reconoce la necesidad de que el sistema de las Naciones Unidas disponga de un sistema amplio y reforzado de gestión de la seguridad tanto en la Sede como sobre el terreno, y pide al sistema de las Naciones Unidas, así como a los Estados Miembros, que adopten todas las medidas necesarias para lograrlo; 25. Reconoce también la necesidad de aumentar la coordinación y la cooperación, tanto en la Sede como sobre el terreno, entre el sistema de gestión de la seguridad del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales en asuntos relacionados con la seguridad del personal de asistencia humanitaria y del personal de las 6

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