A/HRC/RES/58/7 internacionales en materia de regulación, repatriación y fiscalidad de los flujos procedentes de los países en desarrollo para la promoción y realización de los derechos humanos, Observando el efecto corrosivo que la elusión y la evasión fiscales tienen en la confianza, el pacto social, la integridad financiera, el estado de derecho y el desarrollo sostenible, con consecuencias que afectan a los más pobres y vulnerables, Acogiendo con beneplácito la resolución 77/244 de la Asamblea General, de 30 de diciembre de 2022, en la que la Asamblea decidió iniciar debates intergubernamentales sobre las formas de fortalecer el carácter inclusivo y la eficacia de la cooperación en materia de fiscalidad internacional mediante la evaluación de opciones adicionales, incluida la posibilidad de elaborar un marco o instrumento de cooperación en materia de fiscalidad internacional que se elabore y acuerde mediante un proceso intergubernamental de las Naciones Unidas, teniendo plenamente en cuenta los acuerdos internacionales y multilaterales existentes, Acogiendo con beneplácito también la resolución 79/235 de la Asamblea General, de 24 de diciembre de 2024, sobre la promoción en las Naciones Unidas de la cooperación internacional inclusiva y eficaz en cuestiones de tributación, en la que la Asamblea decidió adoptar los términos de referencia para una Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cooperación Internacional en Cuestiones de Tributación y establecer un comité intergubernamental de negociación de composición abierta, dirigido por los Estados Miembros, encargado de redactar simultáneamente la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cooperación Internacional en Cuestiones de Tributación y dos protocolos preliminares, de conformidad con los términos de referencia, Reconociendo que los flujos financieros ilícitos y sus interrelaciones con las crecientes crisis de la deuda, especialmente en los países en desarrollo, han puesto de relieve la necesidad de un marco de cooperación en materia de fiscalidad internacional que tenga plenamente en cuenta los acuerdos internacionales y multilaterales existentes, incluida la legislación internacional sobre derechos humanos, Tomando nota de los llamamientos para crear un registro público mundial de activos que contenga información útil sobre la titularidad real con el fin de frenar los flujos financieros ilícitos y las transferencias patrimoniales no gravadas de sociedades y particulares, como herramienta importante para evitar el desvío de recursos cruciales necesarios para que los Estados cumplan sus compromisos en materia de derechos humanos y luchen contra la desigualdad, y como componente clave de la reforma de la fiscalidad mundial, Acogiendo con beneplácito la labor que llevan a cabo diferentes órganos y mecanismos de las Naciones Unidas, como la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, así como organizaciones internacionales y regionales, para prevenir y combatir todas las formas de corrupción, y alentándolos a que sigan examinando las repercusiones negativas que tienen los flujos financieros ilícitos en el goce de los derechos humanos, continúen estudiando medidas para hacer frente al fenómeno y coordinen su labor a este respecto, Haciendo notar con aprecio la iniciativa del proceso de Lausana sobre las directrices prácticas para una recuperación de activos eficiente, así como la Iniciativa para la Recuperación de Activos Robados, del Grupo Banco Mundial y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, y la labor realizada por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en materia de medición de los flujos financieros ilícitos, y alentando la coordinación de las iniciativas existentes, Acogiendo con beneplácito la Conferencia Panafricana sobre Flujos Financieros Ilícitos y Fiscalidad, que se celebró en Túnez del 26 al 28 de junio de 2024, sobre el tema “La agenda fiscal africana en la lucha contra los flujos financieros ilícitos: de las palabras a la acción”, reconociendo los progresos realizados por los países africanos en esa esfera y consciente al mismo tiempo de la dinámica cambiante de las políticas nacionales, regionales e internacionales en materia de fiscalidad, destacando las persistentes dificultades que obstaculizan los esfuerzos encaminados a luchar contra los flujos financieros ilícitos y 4 GE.25-05431

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