A/RES/58/222 que proporcionen esos recursos lo antes posible y observa, en este contexto, la tendencia al alza de la asistencia oficial para el desarrollo; 12. Insta a los países desarrollados que todavía no lo hayan hecho a que adopten medidas concretas para alcanzar las metas de asignar el 0,7% de su producto nacional bruto a la asistencia oficial para el desarrollo de los países en desarrollo y entre el 0,15% y el 0,20% de su producto nacional bruto a la asistencia oficial para el desarrollo de los países menos adelantados, como se reconfirmó en la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países Menos Adelantados que se celebró en Bruselas del 14 al 20 de mayo de 2001 10, alienta a los países en desarrollo a que se basen en los progresos logrados para velar por que la asistencia oficial para el desarrollo se utilice efectivamente para ayudar a alcanzar las metas y los objetivos de desarrollo, reconoce los esfuerzos de todos los donantes, encomia a los donantes cuyas contribuciones en forma de asistencia oficial para el desarrollo superan o alcanzan los objetivos o van en aumento para alcanzarlos, y subraya la importancia de proceder a examinar los medios y plazos para lograr las metas y los objetivos; 13. Reconoce que un entorno nacional favorable es decisivo para movilizar recursos internos, aumentar la productividad, reducir la fuga de capitales, estimular el sector privado y atraer inversiones y asistencia internacionales y utilizarlas con eficacia, y que los esfuerzos encaminados a crear ese entorno deben recibir el apoyo de la comunidad internacional; 14. Reconoce también que los acreedores y los deudores deben compartir la responsabilidad de prevenir y resolver las situaciones de deuda insostenible y que el alivio de la deuda puede desempeñar una función esencial para liberar recursos que deberían dedicarse a actividades conducentes al logro de la erradicación de la pobreza, el crecimiento económico sostenido, el desarrollo sostenible y la consecución de los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los que figuran en la Declaración del Milenio, y, a ese respecto, insta a los países a que destinen a esos objetivos los recursos liberados mediante el alivio de la deuda, en particular mediante la cancelación y la reducción de la deuda; 15. Exhorta a los países desarrollados a que, mediante una cooperación eficaz y más intensa con los países en desarrollo, promuevan el fomento de la capacidad y faciliten el acceso a las tecnologías y los conocimientos correspondientes, así como su transferencia, en particular a los países en desarrollo, en condiciones favorables e incluso concesionarias y preferenciales mutuamente convenidas, teniendo en cuenta la necesidad de proteger los derechos de propiedad intelectual, así como las necesidades especiales de los países en desarrollo; 16. Reconoce la función crucial que podrían desempeñar el microcrédito y la microfinanciación en la erradicación de la pobreza, la promoción de la igualdad de géneros, la autonomía de grupos vulnerables y el desarrollo de comunidades rurales, alienta a los gobiernos a que adopten políticas con las que se apoye el acceso al microcrédito así como el desarrollo de instituciones de microfinanciación y sus capacidades, y exhorta a la comunidad internacional a que apoye esos esfuerzos; _______________ 10 4 Véase A/CONF.191/13.

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